l
()()HGAESO
COHS1'TTlMNTf
DEWOCAAnco
En ausencia de un milrco legal para el tratamiento integral de la Deuda
Externa Peruana, esta Comisión aftTmilque no hubo ningún tipo de estrategia
para reducir los servicios de la Deuda y que la utilización de este mecanismo
por sus caracteristicas y nulos efectos en la Economía Nacional obedeció a un
momento circunstancial; y.
d)
En cuanto a la opinión que dio el Banco de la Nación a través de su
Presidente de Directorio Ing. Adán Seminario. el OB.ABR.86; en sesión del
Comité Ejecutivo del Banco de la Nación, bajo la Presidencia del mencionado
y con la asistencia del doctor Leonel Figueroa Ramírez y del Gerente General
señor José Carlos Caballero Arauja, se autorizó la intervención del Banco de
la Nación como Agente Financiero del Estado para la celebración del
Convenio de Compra-Venta de Valores con el MIC: "para efectos de realizar
pagos que corresponden al Servicio de la Deuda Púbüca Externa" (puntos
4y 5
del Acuerdo) asimismo: "Los convenios que requieran celebrar, deberán
ser aprobados previamente por el Ministerio de Economía y Finanzas".
De lo anterior, la Comisión de Contraloría en la página ]00 de su informe del
OB.NOV.88 ha constatado que de los dos miembros asistentes con voz y voto
que aprobaron dicho acuerdo, uno de ellos era el Ingeniero Adán Seminario
Esquerra y el otro el doctor Leonel Figueroa Ramírez. el cual habÚl
recomendado al MIC.
Dicho acuerdo del Comité Ejecutivo, fue aprobado sin observación en la
sesión de Directorio N° 865 del 21.ABR.86 por los señores: Adán Seminario,
Presidente; y los Directores Juan Angel Candela Gómez de la Torre, Rogelio
León Seminario, Leonel Figueroa Ramirez y Jorge Villanueva Carbajal,
actuando como Gerente General interino, Osear Pajuelo Ramirez.
,,"
46
51
l
Select target paragraph3
Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents