l ()()HGAESO COHS1'TTlMNTf DEWOCAAnco En ausencia de un milrco legal para el tratamiento integral de la Deuda Externa Peruana, esta Comisión aftTmilque no hubo ningún tipo de estrategia para reducir los servicios de la Deuda y que la utilización de este mecanismo por sus caracteristicas y nulos efectos en la Economía Nacional obedeció a un momento circunstancial; y. d) En cuanto a la opinión que dio el Banco de la Nación a través de su Presidente de Directorio Ing. Adán Seminario. el OB.ABR.86; en sesión del Comité Ejecutivo del Banco de la Nación, bajo la Presidencia del mencionado y con la asistencia del doctor Leonel Figueroa Ramírez y del Gerente General señor José Carlos Caballero Arauja, se autorizó la intervención del Banco de la Nación como Agente Financiero del Estado para la celebración del Convenio de Compra-Venta de Valores con el MIC: "para efectos de realizar pagos que corresponden al Servicio de la Deuda Púbüca Externa" (puntos 4y 5 del Acuerdo) asimismo: "Los convenios que requieran celebrar, deberán ser aprobados previamente por el Ministerio de Economía y Finanzas". De lo anterior, la Comisión de Contraloría en la página ]00 de su informe del OB.NOV.88 ha constatado que de los dos miembros asistentes con voz y voto que aprobaron dicho acuerdo, uno de ellos era el Ingeniero Adán Seminario Esquerra y el otro el doctor Leonel Figueroa Ramírez. el cual habÚl recomendado al MIC. Dicho acuerdo del Comité Ejecutivo, fue aprobado sin observación en la sesión de Directorio N° 865 del 21.ABR.86 por los señores: Adán Seminario, Presidente; y los Directores Juan Angel Candela Gómez de la Torre, Rogelio León Seminario, Leonel Figueroa Ramirez y Jorge Villanueva Carbajal, actuando como Gerente General interino, Osear Pajuelo Ramirez. ,," 46 51 l

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