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'fe~
cde-;u '1nforme,-ésto aS. ya.lIn.'hecho. Señor..•'~sto nunca ha'~idO'~'JaB
-.prua-'S~
.bas;~que'hay~lin 'el":expedi-énte fluye como,ha "sido :diqbo que el 20 de .febrero ya 'se -sobíe'gUe-:'G1XVarte::erB
.el ganador" 'd-el"concurso .as mtíritoB. Entonces, no :puede ,llamar a Borpr~:
@a ~ue :~l1a-"'_hoya
hechq su infor::ls veinte días desputís que .este .dato ya se conocía. .La.
acusac~6n ~etanae que "lo~11cito ~B 'que a asta .fecha ya se habia pronunci~do la ComiIH60' eeg6n el a-cta de :15-de marzo d'c .1982. Pero el. hecho q.e- haberse pronunciado .la 60íiliei6n-",por la 'aprobac.i6n del 'proyecto~.de'contrato:"IIsin 'perjuici .• de las "I!!0dificaciones
gue~"re!1Ul-tarende la" nagociac'i6n'directa ,con el contratista",- no, quiete significar, ni
Puede, '(le, n1ng6n :nodo .que ya" Sf:"habia concluido las negoci2cionest p'..1€"sto
que del mililmo ~enor glosado oon~ta que ~te .proyecto ser~ modificado como resultado ~e la n~goci~
-.:iOOdirécta cOn el :contratista •.'Esta negociación se produjct caP? consta del acta del
mismo 19 de marzo de '982, donde se menciona en los ~~tos tercero y c~arto que se obtuvo 1.m13 garsnHa adicional de fiel cumpliJ'nien"to,y la ff!cna de la discriminaci6n
del
ajuS~e finaL
•
No
aparece de Qutos-ningun~ ooluai6n respecto a una soluci6n final anteladats£
ñor, sino justamente lo contrario, que se vení~n discutiendo los t~rrninos hasta el ~ltimó momento •
.Con
respecto al documento que Sé dice ha sido adulteredo, éste fue remitido v£
rios meses despu~s que el TIoctor Elías dejó ce ser Ministro de Eetado, por lo que
DC
puede caberle".a él, en este punto, ning.ma responsabilidad y no puede le Cá"mó:raprcn~
ciarse sobre este -asunto en relaci6n a la presente acusaci6n.
"Creo, señor, que no h2y medi,¡mte este docWl~nto ningurL2 prueba de irregularidac
achacable a los f~cionario~
que formAron parte de la 'Comisión. s~g1n refiere la den~
cia. y, definitivamente, ninguna posibili5ed de achacarle por ésto, responsabilidad al
ex ML~istro Elías.
<.
El Punto Sexto de la acusaci6n .dice lo siguiente:
IIEl ccntrato suscrito el 19 dE marzo er,tre el !1inisterio de JUStiCi8 y el Consorcio.Cuvarte, .sr;realiza cuando .6ste no .'existfaaún legalmente de 2cuerdo a normas
que lo haci~n un. requisito i~¿ispens2bl~, pues r€ci~n en m?y~ de 1982, se constit'~vea
.CO;lsorcio Guvarte en Espflña 'Y rocién el 29 de abril dl; 1983 se .constituye en el Perú.lE
~sociaci6n 9-uveirle.,Pero,reprcse::'ltár,dola_
cntrf: otros,- ("~lseñcr
Javier Barr6n Cebrer05,s
el <tue a su vez. cU!:iplía.
repres-entaciones por encargo del J~inist8rio de Justicie.. It
Aquí eeñ.r, la acusaci6n sr, sust~nt? ~n algo .~ue a criterio de ,~estra COwisió~
no tiene el ~€nor peso desde el v~to de vista le~al y además ~ontr~viene lo expresa-monte documentado y probado en el-propio _informe de Cont=p.loría. p~esta que el Consor~io G~v~rt~ que ~s la re~~ión de 188 ?irm~s G~ti4~rez y Vcli~nt~ S.A. y 5uñrte y Co~~
ñÉ.S.A. se constUuyen
por Escriture P.1blica de 12 de: fe":lrerc.
de 1932 vale decir ar,teE
de la apertura de los sobres de pres<;ntaci,6nde las 8i!:preSasque p.2rt-icip<.:ron
en 12100[.
eurso de ~4=itcs se~21~,"dose en la cl~usu1a segund~ ~0 1i2~2 escrit~a lo si~~ente~
"DE- ccnfor;:¡:l..ded
establtcida er. 1-3$ cor,diciorH:'-s
g<:-n~=21E's fij8d~G en la C~l"jVOC3.toria dsl concurse: el posterior d£:sarrollo de dicho proyecto, ..los cOr.Jparecie:ltes, 9rsus, respectivas representaciones, form3n'medip~te el presente escrito y este acte, UT
Cons~r~io con denomin?ci6n Guti~rrez r Valiente S.A., Huarta y COffip9ñíaS.A., Empr~saE
Agrupadas, e::1a'1a~~
Guv.s=te E.A.. y for::;21iutnsu consti::l::-i6ncorno grupo tecporal a.:
emp.resas."
,
.
Ests, señor, es a criterio de vuestr~ Cc~isión, 1~ Con~tituci6n del Consorcio
que demuestra palmariarnentG que lo señalado en est6 ~~~0 de la acusaci6n es dcfinitiva:nente falSD.
La Escritura P~Dlica a que s~ refiere ln acus~ció~ y ~~~ BS de f£:cha 31 d~ ~~yc
de 1982 es un convenio interno e:ltr€ Guti~rrez y Vali€'nte y :9:u?rh S.t.•, qUf,'n-')?C'¿ í <:
de~truir l~s Ef€'ctos consorciales Y Que tampoco prGt0ndí~ hacerlo sine qqe_ lo réafirmi
ba, contra1do por aIbos €l. la escrit~B de 12 de febrero de 1982. Es de notar, sE5ü~.
que la COLlisi6r,h£: rEvisado tar.;bi6nque en e-l_acta dE fecha 19 de fE-b::'erc
de 1962 el 'SS:
ñor Not~rio Ma:luel Re~te~i. da fe d~ haber tenii~ :a la vista la "EscritUra QE Constituci6n dE-l Consorcio Guv?rte, ('stE- punto, a nupstrc entender.,"'sei'iol;-carece
de toca virtu~lida¿ acusatoria.
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