27.- De acuerdo
al Art. 233 de la Constituci6n
dejar
justicia.
Como 6rgano
jurisdiccional
tendría
de administrar
tiéndose
en 6rgano
corregir
todos los errores
que pudieran
el Senado
no debe
juzgador,
la obligaci6n
presentarse.
S E N A D O
U!R...a.,e
Mayo
dl1t~
Agrégese a sus antecedentes,
-----del D:!a.- -----
convir
en la Orden
--~'C':1:.//1'.
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....
,
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de
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