Informe Final de la Comisión de Fiscalización y Contraloría recaído en la investigación sobre presuntas irregularidades en la concesión de la “Vía Expresa del Callao” - RESERVADO monto ni de las características que estaban expresamente detalladas en las bases, y mucho menos de que la fianza era una fianza de ejecución inmediata y sin beneficio de excusión, que es como la ley nacional establece que sean las fianzas. 7.1.3.18. Sin embargo, lo manifestado por el abogado Talavera Herrera, ex Presidente del Comité de Recepción de Propuestas es falso. Como se ha analizado en los párrafos precedentes el criterio uniforme del Órgano Concedente fue siempre el de cumplimiento estricto y exacto en el contenido de los documentos exigidos y el de no otorgar ningún plazo de subsanación de cualquier error, omisión o incumplimiento. Por otro lado no sólo se trataba de un error material, sino como veremos a continuación, no se cumplía con diversos elementos sustanciales de la fianza, ni con las condiciones explícitamente exigidas por las Bases. Requisitos formales que se cumplieron posterior al Acto de Recepción de Propuestas, a través de nueva carta fianza extendida por Citibank. Observemos a continuación que no sólo se trato de un error material, sino que la carta fianza presentada, en primera instancia, incumplía gruesamente los requisitos formales exigidos por las bases, y que es totalmente diferente a la finalmente presentada en el plazo indebidamente otorgado de 24 horas. CUADRO COMPARATIVO BASES GENERALES – CARTA FIANZA CITIBANK 1 – CARTA FIANZA CITIBANK 2 Carta Fianza Requisitos Formales Fiador (Banco) Acreedor BASES GENERALES No. 8600040005 No. 8600040005-A Banco de primer orden CITIBANK CITIBANK Municipalidad Provincial del Callao Consorcio CCI Concesiones Perú Municipalidad Provincial del Callao 59

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