Informe Final de la Comisión de
Fiscalización y Contraloría recaído en la
investigación
sobre
presuntas
irregularidades en la concesión de la “Vía
Expresa del Callao” - RESERVADO
monto ni de las características que estaban expresamente
detalladas en las bases, y mucho menos de que la fianza era una
fianza de ejecución inmediata y sin beneficio de excusión, que es
como la ley nacional establece que sean las fianzas.
7.1.3.18. Sin embargo, lo manifestado por el abogado Talavera Herrera,
ex Presidente del Comité de Recepción de Propuestas es falso. Como se
ha analizado en los párrafos precedentes el criterio uniforme del Órgano
Concedente fue siempre el de cumplimiento estricto y exacto en el
contenido de los documentos exigidos y el de no otorgar ningún plazo de
subsanación de cualquier error, omisión o incumplimiento. Por otro lado
no sólo se trataba de un error material, sino como veremos a
continuación, no se cumplía con diversos elementos sustanciales de la
fianza, ni con las condiciones explícitamente exigidas por las Bases.
Requisitos formales que se cumplieron posterior al Acto de Recepción de
Propuestas, a través de nueva carta fianza extendida por Citibank.
Observemos a continuación que no sólo se trato de un error material, sino
que la carta fianza presentada, en primera instancia, incumplía
gruesamente los requisitos formales exigidos por las bases, y que es
totalmente diferente a la finalmente presentada en el plazo indebidamente
otorgado de 24 horas.
CUADRO COMPARATIVO
BASES GENERALES – CARTA FIANZA CITIBANK 1 – CARTA FIANZA CITIBANK 2
Carta
Fianza
Requisitos Formales
Fiador
(Banco)
Acreedor
BASES GENERALES
No. 8600040005
No. 8600040005-A
Banco de primer
orden
CITIBANK
CITIBANK
Municipalidad
Provincial del Callao
Consorcio CCI
Concesiones Perú
Municipalidad
Provincial del Callao
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