Informe Final de la Comisión de Fiscalización y Contraloría recaído en la investigación sobre presuntas irregularidades en la concesión de la “Vía Expresa del Callao” - RESERVADO se opongan, en cuyo caso prevalecen las disposiciones especiales.” “Artículo 10.- Causales de nulidad Son vicios del acto administrativo, que causan su nulidad de pleno derecho, los siguientes: (…) 2. El defecto o la omisión de alguno de sus requisitos de validez, salvo que se presente alguno de los supuestos de conservación del acto a que se refiere el Artículo 14.” “Artículo 3.- Requisitos de validez de los actos administrativos Son requisitos de validez de los actos administrativos: 1. Competencia.- Ser emitido por el órgano facultado en razón de la materia, territorio, grado, tiempo o cuantía, a través de la autoridad regularmente nominada al momento del dictado…” 7.2.6. MEDIANTE ADENDA DEL ILÍCITAMENTE A CONVIAL 3 DE MARZO DEL 2006 SE TRANSFIERE CALLAO S.A., LA ADMINISTRACIÓN DEL “CANON” QUE PROVENIENTE DE LA CONCESIÓN CORRESPONDÍA A LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO. 7.2.6.1. Por adenda de fecha 15 de febrero del 2002, entre otros aspectos, se modifica el carácter gratuito de la concesión y se “transforma en onerosa, debiendo abonar el Concesionario un CANON que se destinará exclusivamente a la constitución de un fondo fiduciario para promover el desarrollo de microemprendimientos regionales.” 105

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