Informe Final de la Comisión de
Fiscalización y Contraloría recaído en la
investigación
sobre
presuntas
irregularidades en la concesión de la “Vía
Expresa del Callao” - RESERVADO
conformidad con los planos y especificaciones de la Propuesta Técnica y
anotaciones del Cuaderno de Obras”, conforme a lo dispuesto en la
Resolución de Alcaldía No. 000421 (Municipalidad Provincial del Callao),
del 25 de julio de 2005.
8.3.7.2. Presuntamente responsables del delito contra la Fe Pública, en
su modalidad de Falsedad Genérica, previsto en el artículo 438º del
Código Penal, con la agravante del artículo 46º-A de dicho código,
debiéndoles corresponder pena privativa de libertad no mayor a 5 años y
4 meses; por suscribir el Acta de fecha 16 de agosto de 2005 en que el
Comité de Recepción de Obras declara haber “constatado… la
finalización de las obras y su funcionalidad”, y posteriormente, en perjuicio
de la Municipalidad Provincial del Callao y los usuarios, “da por recibido y
pone en servicio el Tramo ‘A’ de la Vía Expresa del Callao”.
Cabe señalar que en declaración brindada a esta Comisión en su sesión
extraordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2007, el señor Jorge
Villrreal Ruis Manifestó que “Solamente nos hemos limitado a recepcionar
el informe del supervisor, que señala que la obra del tramo '
A'está en
condiciones de ser recepcionada, de tal manera que ese tramo es lo que
nosotros hemos señalado y teniendo a la vista el contrato y sus adendas
respectivas.”
Posteriormente, preguntado nuevamente si sólo sobre la base del Informe
de supervisión elaborado por Alpha Consult S.A. se realizó la entrega del
Tramo A, el señor Villarreal, Presidente del Comité de Recepción de
Obras, respondió “Así es, Presidente, porque de acuerdo al contrato la
responsabilidad de la supervisión de la obra recaía en Alfa Consult.”
189
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos