Informe Final de la Comisión de Fiscalización y Contraloría recaído en la investigación sobre presuntas irregularidades en la concesión de la “Vía Expresa del Callao” - RESERVADO 7.4.2. VERIFICACIÓN EL TRAMO A DE PROPORCIONALIDAD ENTRE EL MONTO DE PEAJE POR DE LA “VÍA EXPRESA DEL CALLAO” Y EL SERVICIO PRESTADO (OBRA CONSTRUIDA). 7.4.2.1. Conforme a lo dispuesto en la cláusula 13.2 del Contrato de Concesión suscrito por la Municipalidad Provincial del Callao y Convial Callao S.A., el 9 de febrero del 2001, precisa que, “13.2. La Tarifa a cubrir para vehículos categoría 1 (autos, combis, pick ups, vehículos livianos de dos ejes y ruedas simples) el equivalente a US$ 0.71 (setentiún centavos de dólar americano), incluido el Impuesto General a las Ventas correspondiente, redondeado a dos decimales.” 7.4.2.2. Posteriormente, mediante adenda del 10 de enero del 2005, se autoriza automáticamente al cobro del 50 % de la tarifa del peaje, una vez culminada las obras del Tramo A. 7.4.2.3. Previamente, mediante adenda del 15 de febrero del 2002, se acordó que, “…al transformarla en nuevos soles al cambio correspondiente del mercado libre se le practicará un redondeo para facilitar el manejo del dinero por los usuarios a S/. 0.50 nuevo sol o nuevo sol entero (0.00), inmediato superior al resultado de la conversión.” 7.4.2.4. En ese sentido, de un razonamiento básico se puede desprender lo siguiente: 151

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