ANEXO 14
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w
CAUSA tia.
252-88-LlMA
~RlMERA SALA ClVIL D! LA
SUPRE~lA
Ujtn£
DE JL'StlClA
~~.
DICTAMEN No. 284-88-MP-F5-CA
Señor Presldente:
Vuelven
1¡
r<~";r)I\lci,~.n
,'1<;' p'H
.J.~
13 Cía.
otros contra
f('C'l;'\
para dictamen
'1
l~e
Cnl1structúra
del Perú,
expedida
su Eecha
fica la tasd de inter~ses
,¡ñu.
y ('.,)ml'rcl.ll
,los
autos
Vulcano
por el Directorio
t3 de febrero
a mérito
sej:!.'.1i
S.A •.
del Banco
de 1982.
de
v
Cen
que modi-
a que se reflere la Ley de Bancos.
La resolución
Corte
Cuarta
r1.~1~]r(''i€'nt~
Tnrl'l'ir.rial
La Resolución
tral de Res~rva
r"\rzo
de esta Fiscalía.
de vista
de
fojas
Superior
de Lima.
732 expedida
al
por
pronunciarse
la
50-
asunto concluye declarando la confirmatoria de
la
a y por lo tanto deviene en fundada la demanda; todo esto
en
. bre
iderac1~n a que el artículo 154 de la Ley de Banco. no ha sido
,
expresa n1 tácitamente derogada por disposici6n legal alguna,
q':1e
la- u•• fijada ea el artículo
154 de l. acota;' ..nel
Sf! eODt;.rapo-.
-".'
.
Ley Or••• i~
•.dé. ~
~.
n" •., 1.:I',..ftvlalÓ6: del art:!culo ~9 da la
teal de ~8~rva
rio de dicho
y
ya que esta contempla la posibilidad que el Dtrect~
Banco
fije
las tasas máxlmas
de lnteres para
cionea activ.~y pasivas del propio Banco,
nes del. Sistema. Financiero
sin
la. oper~
de la. deMáa. tu.tlcocio
'.
.-
lmpedir que se puedan paIA.C.o
éO~l"ar
tas •• Mll0re.,
,.¡.
..
.",T1 .ln'inlver
el fondo de l~ controvccsia¡
en el dictamen
reprodu~co
No. 440_Bó_,'IP_F5_CA.
el que opino por que se declare
fojas 19 y en consecuencia
,.'1 gr.1do prc:1'J
sebre
los fundarnento~ ~xpuestos
de fecha 2 de jul lo de 1986, en
iMPROCEDENtE
Hay Nulidad en la
~,~,"~.'.....
,..;.::~~151M~,'~~~'..
233552
"indase
,
•
•••
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