JPCH
INFORME PRELIMINAR
Santa Sofía Puertos y reemplazar el concepto de “CANON” por
“RETRIBUCIÓN”.
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La referida ACLARACION no tiene fecha y no se encuentra suscrita por
Notario Público, sólo está firmada por el representante del MTC y de
TISUR. Carece de acuerdo aprobatorio por parte de la CEPRI y de
OSITRAN.
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Los integrantes de la CEPRI testimoniaron ante el Congreso, desconocer
la modificación, al igual que el entonces Ministro de Transportes.
En el año 2000, la presentación de una Iniciativa Legislativa ciudadana (en el
marco de la Ley 26300), dio como resultado la aprobación de la Ley 27396, La
que dispuso la suspensión del proceso de privatización de ENAPU y la
intangibilidad de su infraestructura, así como, la conformación de una Comisión
Multisectorial para la elaboración de una Ley de Puertos, además de la
derogatoria de las normas que habían servido para la reducción del personal entre
los años 1996 y 2000.
En el año 2003 se promulgó la Ley N° 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional
(LSPN) y el 03 de febrero de 2004, mediante el Decreto Supremo 003-2004-MTC,
se aprobó el Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional,
posteriormente, modificado por el Decreto Supremo 008 – 2004-MTC.
El 09 de Marzo de 2005 se aprobó, mediante Decreto Supremo 006-2005-MTC, el
Plan Nacional de Desarrollo Portuario (PNDP), en el cual, se faculta a la Autoridad
Portuaria Nacional ser el ente responsable de las normas y directivas a tomar para
el proceso de promoción de la Inversión en los terminales portuarios descritos en
el referido Plan Nacional.
El 10 de marzo de 2005 se suscribió el Convenio Marco de Cooperación entre la
Autoridad Portuaria Nacional (APN) y la Agencia de Promoción de la Inversión
Privada (PROINVERSION), por el cual la APN encarga a PROINVERSION el
desarrollo y ejecución de los procesos de promoción de la inversión privada en
infraestructura e instalaciones portuarias de titularidad pública, de acuerdo a los
planes de promoción previamente aprobado por la APN y propuesto por
PROINVERSION, conforme a los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo
Portuario PNDP elaborado por la APN
Mediante la Resolución Suprema Nº 098-2005-EF, se estableció que
PROINVERSION tome a su cargo la promoción de la inversión privada en la
infraestructura e instalaciones portuarias de titularidad pública nacional. Lo cual
GRUPO DE TRABAJO TRANSPORTE MARÍTIMO, FLUVIAL Y LACUSTRE
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