COMISIÓN DE TRANSPORTES – GRUPO DE TRABAJO ENCARGADO DE LA EVALUACIÓN DE LOS PROCESOS DE CONCESIÓN DE LOS TERMINALES PORTUARIOS DEL CALLAO (MUELLE NORTE) Y PAITA Con esta actitud, el Poder Ejecutivo incumplió el acuerdo político a que llegó el Gobierno, a través del Presidente del Consejo de Ministros, al otorgarse la delegación de facultades. El Grupo de Trabajo consideró relevante, realizar un breve análisis sobre las características de los tres principales Decretos Legislativos emitidos para facilitar y promover la privatización de los puertos públicos. Decreto Legislativo N° 1012: Aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público-Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada (publicado el 13-5-2008).  Objetivo: Establecer los principios, procesos y atribuciones del Sector Público para la evaluación, implementación y operación de infraestructura pública o la prestación de servicios públicos, con participación del sector privado, así como establecer el marco general aplicable a las iniciativas privadas.  Materias invocadas: Facilitación del comercio, promoción de la inversión privada, la mejora del marco regulatorio, fortalecimiento institucional y simplificación administrativa, y modernización del Estado.  Aspectos más relevantes: Es de aplicación a las entidades públicas pertenecientes al Sector Público no financiero. Se establecen la definición y clasificación de las asociaciones público-privada (APP). Se establecen los organismos promotores de la inversión privada tratándose del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y locales. Se establecen los procedimientos para los proyectos de inversión y los contratos de asociación público-privada; así como las garantías, compromisos, registro y límites. El Decreto Legislativo 1012, contiene una nueva regulación con el propósito de promover la generación de empleo productivo y agilizar los procesos de promoción de la inversión privada. Este nuevo marco regulatorio, aplicable a las entidades públicas del sector público no financiero, tiene como objeto fundamental:  Establecer principios, procesos y atribuciones del sector público para la evaluación, implementación y operación de infraestructura pública o la prestación de servicios públicos, con participación del sector privado.  Establecer el marco general aplicable a las iniciativas privadas. INFORME FINAL - Junio 2012---- 19

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