estara obligada a reembolsar al ESTADO el manto actualizado de los tributes que le hubieran afectado de no haber suscrito el Convenio, mas los recargos correspondientes a que se refiere el C6digo Tributario. Queda entendido que en el caso a que se refiere el parrafo anterior, si LATIN hubiera soportado una carga fiscal mayor por efectos del presente Convenio, no existira obligaci6n de reembolso de suma alguna par parte del Estado. Estando las partes de acuerdo en todos los terminos del presente Convenio, lo suscriben en dos copias de igual contenido, en Lima, a los dieciseis dias del mes de mayo de 1996. POR THE LATIN AMERICA ENTERPRISE CONSTRUCTION HOLDING INC. LUIS GASTANETA ALAYZA POR EL ESTADO CO NIT&: Pag 6 de 6

Seleccionar párrafo de destino3