t.~ El Peruano I Jueves 20 de octubre de 2016 NORMAS LEGALES y de confianza , y no inhabilita para el desempeflo de ninguna función pública o actividad privada ; De conformidad con la Ley N 6 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación Crear la Comisión Consultiva denominada "Comisión Presidencial de Integridad", dependiente del Despacho Presidencial. La Comisión estará conformada por personas de reconocida trayectoria ética , prestigio y legitimidad en la sociedad , identificadas con la defensa de la democracia y la institucionalidad y que no representen intereses de algún partido político o sector empresarial, las que serán designadas por Resolución Suprema . Los integrantes de la Comisión desempeñaran sus funciones sin recibir retribución alguna del Estado. Articulo 2.- Objeto La Comisión Presidencial de Integridad tiene por objeto proponer medidas concretas para promover la integridad y el respeto a los principios éticos en la función pública con la finalidad de fomentar la transparencia y prevenir y sancionar la corrupción . Artículo 3.- Presidencia La Presidencia de la Comisión Presidencial de Integridad es ejercida por el señor Eduardo Ernesto Vega Luna. Artículo 4.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Com isión está a cargo del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Consejo de Ministros. Tiene como función apoyar el trabajo de la Comisión , entre otros, para la solicitud , recopilación y análisis de información, organización de reuniones y elaboración de actas y redacción de documentos. Artículo 5.- Funciones de la Comisión La Comisión Presidencial de Integridad tiene como función elaborar un Informe que proponga : 1. Med idas concretas para promover la integridad y el respeto a los principios éticos en la función pública con la finalidad de fomentar la transparencia y prevenir y sancionar la corrupción . 2. Mecanismos para el seguimiento de sus recomendaciones. Artículo 6.- Colaboración , asesoramiento y apoyo Para el cumplimiento de sus funciones , la Comisión podrá invitara sus sesiones a las personas u organizaciones que estime peninentes, asf como recibir solicitudes para escuchar a los interesados en dar su opinión , Artículo 7.- Plazo de vigencia La Comisión Presidencial de Integridad tiene vigencia de 45 días calendarios contados a partir de la publicación de la presente resolución suprema, dentro del cual se presentará el informe a que se refiere el articulo 5, Artículo 8.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros , sin demandar recursos ad icionales al Tesoro Público. Artículo 9.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese , comuníquese y publiquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBA ROl Presidente del Consejo de Ministros MARiA SOLEDAD PEREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1443704-1 601971 Designan miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN RESOLUCiÓN SUPREMA N° 259-2016-PCM Lima, 19 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 27332 , Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los SelVicios Públicos , se establecieron los lineamientos y las normas de aplicación general para todos los organismos reguladores; Que, de acuerdo con el numeral 6.5 del articulo 6 de la citada Ley N" 27332, la designación de los miembros del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores es por un periodo de cinco (5) aflos; Que , el numeral 6 del articulo 32 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo , establece que los organismos reguladores son dirigidos por un Consejo Directivo , cuyos miembros deben ser designados mediante concurso público ; Que , por Decreto Supremo N° 103-2012-PCM se aprobó el Reglamento del Concurso Público para la Selección de los Postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 185-2016PCM se conformó la Comisión de Selección que se encargará de la conducción del Concurso Público a través de sus etapas de convocatoria , evaluación y selección de los postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN ; Que , de conformidad con el articulo 18 del Decreto Supremo N° 103-2012-PCM, culminada la etapa de evaluación , la citada Comisión de Selección pondrá a consideración del despacho del Presidente del Consejo de Ministros la lista de postulantes seleccionados , por cada cargo a miembro del Consejo Directivo que corresponda designar, que hayan obtenido el mayor puntaje : Que , asimismo , el articulo 20 del Decreto Supremo N° 103-2012-PCM dispone que el Presidente del Consejo de Ministros debe presentar al Presidente de la República la propuesta de designación correspondiente , para cada uno de los cargos de miembro de los Consejos Directivos de los Organismos Reguladores, con el fin de que designe al miembro o a los miembros del Consejo Directivo de los organismos reguladores , según corresponda , mediante Resolución Suprema , la cual debe ser refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que , el tercer párrafo del artfculo 7 del Decreto Supremo N° 042-2005-PCM , que aprobó el Reglamento de la Ley N° 27332 , Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos , dispone que el perfodo de designación del nuevo miembro del Consejo Directivo se computará desde el d ía siguiente a la fecha del vencimiento del periodo de designación del miembro anterior; Que, resulta pertinente designar al nuevo miembro del Consejo Oirectivo del Organismo Supervisor de la InversiÓn en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN , por el periodo que vencerá el 20 de junio de 2021 ; y, De conformidad con la Ley N° 29158 , Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27332 , Ley Marco de los Organismos Reguladores de la lnverc;ión Privada en los Servicios Públicos ; el Oecreto Supremo N° 1032012-PCM , que aprob6 el Reglamento del Concurso Público para la Selecci6n de los Postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; el Decreto Supremo N° 042-200S-PCM , que aprobó el Reglamento de la Ley N° 27332 , Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; y la Resolución Ministerial N° 185-2016-PCM ;

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