t.~ El Peruano I Jueves 20 de octubre de 2016
NORMAS LEGALES
y de confianza , y no inhabilita para el desempeflo de
ninguna función pública o actividad privada ;
De conformidad con la Ley N 6 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Creación
Crear la Comisión Consultiva denominada "Comisión
Presidencial de Integridad", dependiente del Despacho
Presidencial.
La Comisión estará conformada por personas de
reconocida trayectoria ética , prestigio y legitimidad en la
sociedad , identificadas con la defensa de la democracia
y la institucionalidad y que no representen intereses de
algún partido político o sector empresarial, las que serán
designadas por Resolución Suprema . Los integrantes
de la Comisión desempeñaran sus funciones sin recibir
retribución alguna del Estado.
Articulo 2.- Objeto
La Comisión Presidencial de Integridad tiene por
objeto proponer medidas concretas para promover la
integridad y el respeto a los principios éticos en la función
pública con la finalidad de fomentar la transparencia y
prevenir y sancionar la corrupción .
Artículo 3.- Presidencia
La Presidencia de la Comisión Presidencial de Integridad
es ejercida por el señor Eduardo Ernesto Vega Luna.
Artículo 4.- Secretaría Técnica
La Secretaría Técnica de la Com isión está a cargo
del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Consejo
de Ministros. Tiene como función apoyar el trabajo de
la Comisión , entre otros, para la solicitud , recopilación
y análisis de información, organización de reuniones y
elaboración de actas y redacción de documentos.
Artículo 5.- Funciones de la Comisión
La Comisión Presidencial de Integridad tiene como
función elaborar un Informe que proponga :
1. Med idas concretas para promover la integridad
y el respeto a los principios éticos en la función pública
con la finalidad de fomentar la transparencia y prevenir y
sancionar la corrupción .
2. Mecanismos para el seguimiento de sus
recomendaciones.
Artículo 6.- Colaboración , asesoramiento y apoyo
Para el cumplimiento de sus funciones , la Comisión
podrá invitara sus sesiones a las personas u organizaciones
que estime peninentes, asf como recibir solicitudes para
escuchar a los interesados en dar su opinión ,
Artículo 7.- Plazo de vigencia
La Comisión Presidencial de Integridad tiene vigencia
de 45 días calendarios contados a partir de la publicación
de la presente resolución suprema, dentro del cual se
presentará el informe a que se refiere el articulo 5,
Artículo 8.- Financiamiento
La implementación de lo dispuesto en la presente
norma se financia con cargo al presupuesto institucional de
la Presidencia del Consejo de Ministros , sin demandar
recursos ad icionales al Tesoro Público.
Artículo 9.- Refrendo
La presente Resolución Suprema es refrendada por
el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de
Justicia y Derechos Humanos.
Regístrese , comuníquese y publiquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBA ROl
Presidente del Consejo de Ministros
MARiA SOLEDAD PEREZ TELLO
Ministra de Justicia y Derechos Humanos
1443704-1
601971
Designan miembro del Consejo Directivo
del Organismo Supervisor de la Inversión
en Infraestructura de Transporte de Uso
Público - OSITRAN
RESOLUCiÓN SUPREMA
N° 259-2016-PCM
Lima, 19 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 27332 , Ley Marco de los
Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los
SelVicios Públicos , se establecieron los lineamientos y las
normas de aplicación general para todos los organismos
reguladores;
Que, de acuerdo con el numeral 6.5 del articulo 6 de la
citada Ley N" 27332, la designación de los miembros del
Consejo Directivo de los Organismos Reguladores es por
un periodo de cinco (5) aflos;
Que , el numeral 6 del articulo 32 de la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo , establece que los
organismos reguladores son dirigidos por un Consejo
Directivo , cuyos miembros deben ser designados
mediante concurso público ;
Que , por Decreto Supremo N° 103-2012-PCM se
aprobó el Reglamento del Concurso Público para la
Selección de los Postulantes al cargo de miembro del
Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la
Inversión Privada en los Servicios Públicos;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 185-2016PCM se conformó la Comisión de Selección que se
encargará de la conducción del Concurso Público a través
de sus etapas de convocatoria , evaluación y selección
de los postulantes al cargo de miembro del Consejo
Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en
Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN ;
Que , de conformidad con el articulo 18 del Decreto
Supremo N° 103-2012-PCM, culminada la etapa de
evaluación , la citada Comisión de Selección pondrá a
consideración del despacho del Presidente del Consejo de
Ministros la lista de postulantes seleccionados , por cada
cargo a miembro del Consejo Directivo que corresponda
designar, que hayan obtenido el mayor puntaje :
Que , asimismo , el articulo 20 del Decreto Supremo N°
103-2012-PCM dispone que el Presidente del Consejo de
Ministros debe presentar al Presidente de la República
la propuesta de designación correspondiente , para cada
uno de los cargos de miembro de los Consejos Directivos
de los Organismos Reguladores, con el fin de que designe
al miembro o a los miembros del Consejo Directivo de los
organismos reguladores , según corresponda , mediante
Resolución Suprema , la cual debe ser refrendada por el
Presidente del Consejo de Ministros;
Que , el tercer párrafo del artfculo 7 del Decreto
Supremo N° 042-2005-PCM , que aprobó el Reglamento
de la Ley N° 27332 , Ley Marco de los Organismos
Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios
Públicos , dispone que el perfodo de designación del
nuevo miembro del Consejo Directivo se computará desde
el d ía siguiente a la fecha del vencimiento del periodo de
designación del miembro anterior;
Que, resulta pertinente designar al nuevo miembro
del Consejo Oirectivo del Organismo Supervisor de la
InversiÓn en Infraestructura de Transporte de Uso Público
- OSITRAN , por el periodo que vencerá el 20 de junio de
2021 ; y,
De conformidad con la Ley N° 29158 , Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27332 , Ley Marco de
los Organismos Reguladores de la lnverc;ión Privada
en los Servicios Públicos ; el Oecreto Supremo N° 1032012-PCM , que aprob6 el Reglamento del Concurso
Público para la Selecci6n de los Postulantes al cargo
de miembro del Consejo Directivo de los Organismos
Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios
Públicos; el Decreto Supremo N° 042-200S-PCM , que
aprobó el Reglamento de la Ley N° 27332 , Ley Marco
de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada
en los Servicios Públicos; y la Resolución Ministerial N°
185-2016-PCM ;
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