b) Multa de hasta 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) de acuerdo con la escala de multas y sanciones. c) Suspensión beneficios temporal de que otorga los la inscripción en los Registros referidos en el literal m) del artículo 4 de la presente Ley, hasta que se repare la omisión o unidades sanción, de 50 a 500 UIT. Esto podría impositivas tributarias (500 UIT), de significar la imposibilidad de las organizaciones para el pago de la acuerdo con la metodología para la misma; y pondría en riesgo la imposición de multas, aprobada por la existencia y el funcionamiento de la Agencia Peruana de Cooperación institución sancionada. Internacional (APCI). Además, se cambia de una escala de multas – con las que actualmente se rige APCI – a una “metodología para la imposición de multas”, que no ha sido definida. Por lo que no se tendrían claros los criterios de aplicación de los montos de multa. b) Multa hasta quinientas se cumpla debidamente con la norma infraccionada. d) Cancelación de la inscripción en los Registros referidos en el literal m) del artículo 4 de la presente Ley. El directivo, administrador, asesor, representante legal o 40 c) Suspensión temporal de los beneficios que otorga la inscripción en los El Dictamen establece como sanción Registros a cargo de la Agencia Peruana más gravosa, la Cancelación de la de Cooperación Internacional (APCI) inscripción y registro en la APCI; lo hasta que se repare la omisión o se que contraviene lo dispuesto por el Tribunal Constitucional en 2007.

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents