educativas realizadas en el año precedente. 5. No exhibir, en un proceso de fiscalización, la documentación sustentatoria de la ejecución de los proyectos de cooperación internacional no reembolsable, así como de sus fuentes de financiamiento. 6. Destruir bienes, registros, documentos, informes y proyectos respecto de sus actividades. 7. Hacer uso indebido de los recursos y donaciones de la cooperación técnica internacional o aplicar los mismos a fines distintos para los cuales fueron proporcionados. 31 a. No inscribir las intervenciones en los así la obligación de inscribirse, pese Registros conducidos por la Agencia a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional en 2007. Peruana de Cooperación Internacional (APCI). El Dictamen establece como infracción grave y muy grave el no cumplir con presentar a tiempo, las b. La presentación de la declaración declaraciones semestrales. semestral de las intervenciones o Otorgando un plazo de 3 días para actividades asistenciales realizadas por las subsanar tras el requerimiento entidades que gestionan cooperación correspondiente de APCI. internacional, cuando la entidad administrada, pese ser requerida, incumpla con subsanar dentro del plazo de tres días concedido por la Agencia Peruana El Dictamen establece como de Cooperación Internacional (APCI). infracción grave el no inscribirse en c. No inscribir en los registros de la Agencia los registros de APCI cuando la Peruana de Cooperación Internacional entidad desarrolla planes, proyectos (APCI) a las personas jurídicas sin fines de o actividades en el país. lucro que gestionen cooperación técnica internacional en los siguientes casos: i) Cuando estas acciones se realicen con la participación de los organismos del Estado.

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