4.5.2.1. Respecto al investigado José Pedro Castillo Terrones
Al respecto, los hechos atribuidos al denunciado JOSÉ PEDRO CASTILLO
TERRONES, en cuanto a este extremo se refiere, se encuentran previstos y
sancionados en el primer párrafo del artículo 317° del Código Penal,
concordante con la circunstancia agravante por la condición de líder de la
misma, prevista en su segundo párrafo; razón por la cual, procederemos a
realizar la descripción típica del hecho punible, para luego verificar la
concurrencia de los elementos del tipo en los hechos atribuidos.
4.5.2.I.I.
a.
Juicio de tipicidad
Tipicidad objetiva
4.5.2.1.1.1. Para el estudio del delito de Organización Criminal
imputado al investigado JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
[en su condición de Presidente de la República], debemos tener
en cuenta los alcances de los elementos normativos que
conforman el delito de Organización Criminal; pues, si bien las
estructuras criminales pueden ser variables, existen notas
características que las definen y que deben verificarse para
determinar su existencia. De esta manera, conforme a la Ley N.°
30077 y el Acuerdo Plenario N.° 1-2017-SPN, los elementos que
configuran la organización criminal son: a) Elemento personal;
Que la organización esté integrada por tres o más personas; b)
Elemento temporal: El carácter estable o permanente de la
organización criminal; c) Elemento teleológico: Corresponde al
desarrollo futuro de un programa criminal; d) Elemento
funcional: La designación o reparto de roles de los integrantes
de la organización criminal; e) Elemento estructural: Como
elemento normativo que engarza y articula todos los
componentes; y, f) Elemento modal: entendido como el
conjunto de procedimientos estratégicos practicados de manera
concertada y coordinada por los integrantes de la organización
criminal, con la finalidad de facilitar la consumación delictiva.
4.5.2.1.1.2. Así planteadas las cosas, toca evaluar cada uno de
los elementos arriba detallados;
Elemento personal:
i ;:
4.5.2.1.1.2.1. En el caso materia de examen se tiene que la
presunta organización criminal, tal como ya se ha señalado
estaría integrada por más de tres personas. Así tenemos a: i)
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES, en su condición de
Presidente de la República sería el líder de la Organización
Criminal; ii) JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS, en su
condición de Ministro de Transportes y Comunicaciones,
integraría el mando operativo de la Organización Criminal con
poder de decisión. Así también la Organización Criminal estaría
integrada por: iii) Gian Marco Castillo Gómez; iv) Fray Vásquez
Castillo; v) Marco Antonio Zamir Villaverde García; vi) Alcides
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