Comisión Investigadora de Delitos Económicos y Financieros 1990 – 2001
Área de Salvataje Bancario
•
13-jun-02
Se autoriza al MEF a emitir Bonos del Tesoro Público hasta por el monto de US$ 200
millones, cuyas condiciones serán establecidas mediante decreto Supremo.
• El MEF aprobará
Programa.
mediante Resolución Ministerial el Reglamento Operativo del
•
Se autoriza al MEF a otorgar al Fondo de Seguro de Depósitos una línea de crédito
hasta por el monto de US$ 200 millones.
•
Se deja en suspenso las normas que se opusieran a lo dispuesto en el referido
dispositivo legal.
2.3.4.1 Decreto de Urgencia N° 109-2000 (01 de diciembre del 2000)
•
Lo dispuesto en el numeral 3.2 del artículo 3° de la Ley N° 27342, no será de
aplicación a las empresas que se acojan al Programa de Consolidación del Sistema
Financiero por el Decreto de Urgencia N° 108-2000 del 27 de noviembre del 2000.
2.3.5
•
Decreto Supremo N° 137-2000-EF (02 de diciembre del 2000)
Los Bonos del Tesoro Público cuya emisión hasta por la suma de US$ 200 millones,
fue autorizada por el Decreto de Urgencia N° 108-2000, tendrían las siguientes
características:
-
Denominación: Bonos D. U. N° 108-2000
Moneda
: Dólares Americanos
Valor Nominal
: US$ 1 000
Vencimiento
: 5 años a partir de su emisión
Amortización
: 100 % del principal al vencimiento
Tasa de Interés
: Libor a seis meses + 2 % nominal anual
Negociabilidad
: Libremente negociables
Registro
: Mediante anotación en cuenta en CAVALI
•
Mediante Resolución Ministerial N° 174-2000-EF, se aprobó el Reglamento Operativo
del Programa de Consolidación del Sistema Financiero.
•
Mediante Resolución Ministerial N° 179-2000-EF/10 de fecha 13 de diciembre del
2000, se sustituyen los artículos 2° inciso a), 8°, 10° y 13° del Reglamento Operativo
del Programa de Consolidación del Sistema Financiero, aprobado por Resolución
Ministerial N° 174-2000-EF.
•
Mediante Resolución Ministerial N° 181-2000-EF/10 de fecha 19 de diciembre del
2000, se autorizó al Director General de Crédito Público y Director General del Tesoro
Público, para que en representación del MEF suscriban con COFIDE, el contrato de
Administración y Colocación de Bonos a que se refiere el art. 3° del Reglamento
aprobado con Resolución Ministerial N° 174-200-EF. Asimismo se estableció que el
servicio de amortización, intereses y demás gastos que ocasionen los Bonos de la
línea de crédito FSD-DU N° 108-2000 y los Bonos DU- N° 108-200, serían atendidos
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