PERÚ f'filer'á4 PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL TITULO VI DE LA LEY N° 28094, LEY DE PARTIDOS POLÍTICOS. CONGRESO dc REPÚBLICA Los Congresistas de la República que suscriben, integrantes de la Comisión Especial Investigadora Multipartidaria encargada de investigar y determinar la influencia del narcotráfico en los partidos políticos y en los movimientos regionales y locales, ejerciendo el derecho de iniciativa legislativa que les confiere el artículo 107° de la Constitución Política del Perú conforme a lo dispuesto por el numeral 2 del artículo 76° del Reglamento del Congreso de la República, presentan la siguiente iniciativa legislativa: FORMULA LEGAL El Congreso de la Republica; Ha dado la Ley siguiente: PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL TITULO VI DE LA LEY N° 28094, LEY DE PARTIDOS POLITICOS Artículo Único : Modifíquese el Título VI de la Ley N° 28094, Ley de Partidos Políticos, en los siguientes términos: "TÍTULO VI DEL FINANCIAMIENTO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Artículo 28°.- Financiamiento de los partidos políticos. Los partidos políticos reciben financiamiento público y privado, de acuerdo a la presente Ley. Financiamiento Ordinario Financiamiento Público en períodos no electorales Artículo 29°.- Financiamiento público directo en períodos no electorales Los partidos políticos y alianzas electorales que mantienen su vigencia y que obtienen representación en el Congreso de la República reciben del Estado financiamiento público directo. 952

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