muchos casos no coinciden la suma consignada con el costo real de campaña
realizado.
Un ejemplo de ello, es lo declarado en la Comisión Investigadora por el actual
Gobernador de Amazonas, quien dijo que en lo personal invirtió una cantidad de
200,000 soles; no llegó a responder las contradicciones con la información
suministrada a ONPE que consigna la suma de sólo S/. 3,200 y los gastos realmente
efectuados en la campaña, refiriendo que "una cosa es aportar y otra es gastar",
derivando la responsabilidad en el Secretario y Tesorero de su organización.
La total falta de transparencia en relación a los gastos incurridos durante la
campaña electoral del actual Gobernador de Ucayali, quien recién el día que iba
a declarar ante la Comisión Investigadora del Congreso, presentó la rendición de
sus gastos de campaña ante ONPE, en la que se muestra una enorme diferencia
entre lo inicialmente consignado, 1800 soles y lo finalmente declarado, 879,000
soles.
Otros investigados, como el electo Gobernador de Ayacucho, señaló haber
aportado 160,000 soles al partido y que el ser reelecto "era un premio por haber
hecho un buen trabajo", cuando ostensiblemente su campaña fue millonaria y, de
acuerdo a información mediática, habría entregado regalos y prebendas a los
electores. En tanto, el Gobernador de Junín, señaló que hizo una campaña
"franciscana", con uso de megáfonos y caminando por los pueblos como
"correcaminos"; al finalizar el interrogatorio señaló que la campaña le costó
alrededor de S/. 800,000.
Plantear la transparencia en el financiamiento de los partidos políticos, tiene
también como fundamento la información proporcionada por ONPE en el que, por
ejemplo, habían encontrado entre aportantes de los partidos que 79 personas
habían aportado más de lo que perciben; o que un total de 1,893 aportantes tienen
deudas con el sector financiero; o que, también, habían aportantes con denuncias
o procesos penales (narcotráfico, proxenetismo, robo agravado, terrorismo, entre
otros.
III
ANÁLISIS COSTO-BENEFICIO
La presente iniciativa legislativa no genera gasto alguno al erario nacional.
IV
EFECTO DE LA NORMA SOBRE LA LEGISLACION NACIONAL
El efecto de la presente iniciativa legislativa, sobre la legislación nacional, implica
la modificación del Título VI de la Ley de Partidos Políticos; con la finalidad de que
sea más eficiente y logre una sanción más rigurosa, a fin de que los partidos políticos
965
Select target paragraph3
Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents