PERÚ
CONGRESO
REPÚBLICA
PROYECTO DE LEY DE
CREACION DE LA ESCUELA
NACIONAL DE ESTIBADORES EN
LOS GOBIERNOS REGIONALES Y
LOCALES
Los Congresistas de la República que suscriben, integrantes de la Comisión
Especial Investigadora Multipartidaria encargada de investigar y determinar la
influencia del narcotráfico en los partidos políticos y en los movimientos regionales
y locales, por iniciativa de la Congresista Esther Saavedra Vela, ejerciendo el
derecho de iniciativa legislativa que le confiere el artículo 107° de la Constitución
Política del Perú y conforme a lo dispuesto por el numeral 2 del artículo 76° del
Reglamento del Congreso de la República, presenta la siguiente iniciativa
legislativa:
FORMULA LEGAL
El Congreso de la República;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY MARCO DE CREACIÓN DE LA ESCUELA NACIONAL DE ESTIBADORES EN
LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES
Artículo 1. Objeto
La presente iniciativa legislativa tiene por objeto el registro, la capacitación y formación
profesional en el Oficio de la Estiba a los trabajadores que laboran en dicha actividad
en todos los puertos de la República y así establecer un mayor control y competencia
del Estado en ésta actividad que se efectúa dentro de las instalaciones portuarias.
DE LA ESCUELA NACIONAL DE ESTIBADORES DEL PERU
CAPITULO I
Artículo 2. Naturaleza y personalidad jurídica
La Escuela Nacional de Estibadores del Perú, es una organización estatal de derecho
público amparada por la ley y reconocida por el Estado, con personalidad jur+idica
propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
Artículo 3. Ámbito de su competencia
La Escuela Nacional de Estibadores del Perú, formará y capacitará en forma teoricopráctico a todos los estibadores de puerto marítimo, fluvial y lacustre de la República
del Perú, en materia de operaciones marítimas, maniobras de estiba, utilización de
maquinaria y legislación nacional.
Artículo 4. Ámbito Territorial
4.1. La Escuela Nacional de Estibadores del Perú, se constituye como institución de
formación única de ámbito nacional.
4.2. La sede central de la Escuela Nacional de Estibadores del Perú se ubicará en
Lima e iniciará gradualmente sus actividades académicas en filiales a nivel nacional.
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