t'ya'
-rre
CONGRESO
de la ._-__.__..REPÚBLICA
PROYECTO DE LEY QUE DISPONE LA APLICACIÓN
DE LA CONSULTA AL SUPERIOR JERÁRQUICO FISCAL
O JURISDICCIONAL EN LOS DELITOS DE TRÁFICO
ILÍCITO DE DROGAS Y LAVADO DE ACTIVOS
CUANDO EL PROCESO NO HA LLEGADO A LA
ETAPA DEL JUZGAMIENTO
La Comisión Especial Investigadora Multipartidaria Encargada de Investigar y
Determinar la Influencia del Narcotráfico en los Partidos Políticos, Movimientos
Regionales y Locales del Congreso de la República, integrada por los congresistas
que suscriben la presente, en ejercicio del derecho de iniciativa legislativa que le
confiere el artículo 107 de la Constitución Política del Perú y conforme a lo
establecido en los artículos 22, inciso C, 75 y 76 del Reglamento del Congreso de la
República, presenta la siguiente iniciativa legislativa:
FÓRMULA LEGAL
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DISPONE LA APLICACIÓN DE LA CONSULTA OBLIGATORIA AL SUPERIOR
JERÁRQUICO FISCAL O JURISDICCIONAL EN LOS DELITOS DE TRÁFICO ILÍCITO DE
DROGAS Y LAVADO DE ACTIVOS CUANDO EL PROCESO NO HA LLEGADO A LA
ETAPA DEL JUZGAMIENTO
Artículo 1. Objeto
La presente Ley tiene por objeto la aplicación de la consulta obligatoria al superior
jerárquico, fiscal o jurisdiccional, en el delito de tráfico ilícito de drogas y en el
delito de lavado de activos, con excepción del supuesto previsto en el artículo 298°
del Código Penal, contra las disposiciones fiscales que declaran el archivo
definitivo de la denuncia y contra las resoluciones judiciales que resuelven
el sobreseimiento de dichos procesos penales; con el propósito de prevenir la
impunidad.
Artículo 2. Ámbito de aplicación
El instituto procesal de control decisorio, denominado consulta, se aplica a nivel
nacional en armonía con la legislación procesal vigente en el territorio donde se
1066
Select target paragraph3
Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents