INFORME FINAL DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA ENCARGADA DE INVESTIGAR EL PAGO DE PRESUNTAS COIMAS A
FUNCIONARIOS PERUANOS POR PARTE DE LAS EMPRESAS BRASILEÑAS ODEBRECHT, CAMARGO CORREA, OAS,
ANDRADE GUTIÉRREZ, QUEIROZ GALVAO Y OTRAS, DESDE EL INICIO DE SUS ACTIVIDADES HASTA LA FECHA, POR
CUALQUIER FORMA DE CONTRATO CON EL ESTADO PERUANO.
del Proyecto Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Línea 1,
Tramo Villa El Salvador – Avenida Grau; que tenía por finalidad ―determinar que
la facultad conferida al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte
Nacional – PROVIAS NACIONAL, a mérito del artículo 2, numeral 2.1, inciso a),
del Decreto de Urgencia Nº 032-2009, precisado por el artículo 3 del Decreto de
Urgencia Nº 034-2009 y por el artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 042-2009,
culminará con la suscripción de los contratos derivados de la Licitación Pública
Nº 0003-2009-MTC/20 para la Contratación de la Ejecución de las Obras Civiles
y Electromecánicas del Proyecto Sistema Eléctrico de Transportes Masivo de
Lima y Callao, Línea 1: Tramo Villa El Salvador – Avenida Grau, así como del
Concurso Público para la Contratación de la Supervisión del Expediente Técnico
y Ejecución de las Obras Civiles y Electromecánicas del Proyecto Sistema
Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Línea 1: Tramo Villa El
Salvador – Avenida Grau, luego de lo cual la Unidad Ejecutora ―Autoridad
Autónoma del Sistema Eléctrico de Transportes Masivo de Lima y Callao –
AATE‖ del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ejercerá las
competencias en la preparación, gestión, administración y ejecución de las obras
de la Extensión de la Línea 1 del citado Proyecto. Así, permitirá que el encargo
conferido a PROVIAS NACIONAL antes de la creación de la Unidad Ejecutora
―Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y
Callao – AATE‖ del Pliego 036: MTC, concluya de manera ordenada y oportuna,
a fin de permitir que la citada Unidad Ejecutora asuma sus funciones y
competencias de manera adecuada‖.
La sesión se inició a las 10:00 horas y fue levantada a las 14:25 horas.
5. Decreto de Urgencia que autoriza al Ministerio de Transportes y
Comunicaciones a realizar modificaciones presupuestales en el nivel
funcional programático, y lo exonera de lo dispuesto en el Numeral 10.1 del
artículo 10 de la ley N° 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Ejercicio Fiscal 2009, y en los Artículos 76 y 80 de la Ley N° 28411 - Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto. 23 de diciembre del 2009.
Acta de Sesión Ordinaria de Consejo de Ministros, realizado el 23 de diciembre
del 2009, teniendo como uno de sus puntos de agenda, la aprobación del
Proyecto de Decreto de Urgencia presentado por el Ministro de Transportes y
Comunicaciones, mediante el cual se autorizó al Ministerio de Transportes y
Comunicaciones a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional
programático, y lo exoneró de lo dispuesto en el numeral 10.1 del Artículo 10 de
la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Ejercicio Fiscal
2009, y en los artículo 76º y 80º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto; que tenía por finalidad ―exonerar al Ministerio de
Transportes y Comunicaciones de lo dispuesto en el inciso 10.1 del artículo 10º
de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Ejercicio
Fiscal 2009 y de lo dispuesto en los artículo 76º y 80º de la Ley Nº 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto, a fin de realizar modificaciones
presupuestales en el nivel funcional programático hasta por la suma de S/.
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