INFORME FINAL DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA ENCARGADA DE INVESTIGAR EL PAGO DE PRESUNTAS COIMAS A FUNCIONARIOS PERUANOS POR PARTE DE LAS EMPRESAS BRASILEÑAS ODEBRECHT, CAMARGO CORREA, OAS, ANDRADE GUTIÉRREZ, QUEIROZ GALVAO Y OTRAS, DESDE EL INICIO DE SUS ACTIVIDADES HASTA LA FECHA, POR CUALQUIER FORMA DE CONTRATO CON EL ESTADO PERUANO. adoptado por el Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos y del informe de valoración del banco de inversión BNP Paribas, fijando el valor de dicha remuneración en el tope máximo aprobado por el Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos. Adoptado el acuerdo antes indicado, el señor Cornejo y el Ing. Pasco pusieron el valor fijado en una única hoja, la misma que fue incluida en un sobre que lacraron y rubricaron, con el fin de ser entregado posteriormente al Presidente del Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos para que ejecute los actos previstos en el numeral 9.1 de las Bases‖ Al respecto, en el acto de presentación de la propuestas técnica (Sobre n.° 2) también se presentó el Sobre 3 – Oferta Económica, por lo tanto, previo a dicho evento se tuvo que establecer la Remuneración Unitaria Máxima para que los postores presenten su Oferta Económica, aspecto que no observaron los señores Rene Cornejo Díaz y Jorge Pasco Cosmópolis, a efecto de retrotraer el proceso de concesión a la etapa previa a la presentación de los Sobres 2 y 3, en la situación de haber comunicado a los postores la Tarifa Máxima a tener en cuenta para la elaboración de las Ofertas Económicas con la finalidad de promover una mayor presentación de postores. En cuanto a la referencia del numeral 9.1 Apertura y evaluación del Sobre 3, de la lectura de su contenido, se evidencia que no estuvo previsto que en dicho acto público se hiciera entrega de un sobre lacrado y rubricado, a ser entregado al Presidente del Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos para que ejecute los actos previstos en el numeral 9.1 de las Bases. Asimismo, en la mencionada Acta de 14 de mayo de 2004, se señaló que el Informe de Valoración de BNP Paribas, consideró que la remuneración unitaria máxima no debería ser menor a US$ 0,0684 por m3 sin IGV, que corresponde a un incremento de +5% del monto de inversión de la obra - US$ 154.648 millones - sin tener en cuenta que el Estado Peruano cofinancia US$ 77.000 millones para la ejecución de obras del Trasvase, situación que significaba que la remuneración unitaria máxima de US$ 0.0684 por m3 sin IGV requería ser ajustada teniendo en cuenta que el postor ganador de la Buena Pro sólo debería financiar la diferencia. Apertura del Sobre N° 3 Oferta Económica y Adjudicación de la Buena Pro con una Remuneración Unitaria Máxima sobrestimada. El 17 de mayo de 2004, mediante Acta de Apertura del Sobre n.° 3 y Adjudicación de la Buena Pro (Anexo n.° 14), firmada por los señores Sergio Bravo Orellana, Presidente del Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos; Patrick Barclay Méndez, miembro del Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos; y, Eduardo Zárate León, Presidente de la Comisión Evaluadora de las Propuestas Técnica y Económica, declaró válida la propuesta económica presentada por la Constructora Norberto Odebrecht S.A. y le adjudicó la buena pro. También firmó la mencionada acta el señor Jorge Barata Simoes, representante del Postor Constructora Norberto Odebrecht S.A. En la mencionada acta se dejó constancia que ―…, se invitó al Ing. Jorge Pasco Cosmópolis, representante designado por el Gobierno Regional de Departamento de Página 119 de 650

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