CONGRESO
CONSTmJYfNTE
DEMOCRATJCO
Además, COITUJ
exigencia de la firma proveedora el Banco de la Nación colocó
en el exterior con fechas 07.JUL.86 hasta el 1l.JUL.86
los depósitos por los
ITUJntosseñalados, en el Credit Lyonnais de PanamiÍ, en garantía de Stand By
Letter Of Credit, establecido en favor de este mislTUJproveedor obteniendo
intereses de US$ 27,699. 73, sin embargo a la Dirección General de Crédito
Público sólo se le abonó US$ 12,736.98, es decir se dejó de pagar al MEF
US$ 14,952.75, sin sustentar este menor pago, sustentando dicho Banco este
menor pago, a que la colocación efectuada en el Credit Lyonnais de PanamiÍ,
lo realizó COITUJ
empresa bancaria; sin embargo es necesario precisar que los
US$ 36 '500, 000 fueron obtenidos por la DGTP del MEF mediante el crédito
autorizado por el D.S. 202-86-EF, significando que esta últilTUJinstitución es
responsable de la aplicación y ejecución del Crédito Autorizado y COITUJ
tal
debe asumir los aspectos positivos o negativos que devengan de su uso; y,
e)
Respecto al Decreto SuprelTUJ341-86-EF de 06. OCT. 86; se tiene que éste
autorizaba un crédito hasta por US$ 30 '000, 000, el miSITUJque fue aprobado
para regularizar el crédito otorgado por el Banco Central de Reserva al Banco
de la Nación con fechas fluctuantes
entre el 19.5ET y el 02. OCT. 86 por el
ITUJntode US$ 27'358,613.61; siendo ITUJdificadoy ampliado por los DD.SS.
N°s. 012 y 098-87-EF defechas
de precisar
42'357,085.84,
19.ENE. y 21.itBR.87 respectivamente a fin
el ITUJnto exacto de la ampliación
del crédito por
US$
lo que muestra un adicional de US$ ]4'998,472.23
con
relación al crédito otorgado de US$ 27'358,613.61, sobre el cual no se
realizó el desembolso real de fondos COITUJ
crédito por pane del Banco de la
Nación (regularización)
ya que fue atendido COITUJ
servicio de deuda del
Presupuesto 1986 por la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad de
la DGCP de fecha 1O.SET.86.
La Comisión Especial de Contralor(a ha establecido que el estado de la Deuda
Pública 1986 se encuentra incrementado indebidamente en US$ 14 '998, 472.23
(ITUJntocomplementario de la ampliación de los DD.SS. N°s. 012 Y 098-87EF) al haber sido considerado COITUJ
Deuda Interna 1986 en los registros
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