lo establecía el decreto supremo y los reglamentos aprobados por las resoluciones correspondientes. O sea, COFIDE simplemente hacía administrar lo que decía el dispositivo. El señor PRESIDENTE.— ¿Quiere hacer una acotación? Si quiere hacerla hágala no más. La señora GERENTE DE RIEGOS DE COFIDE, Jacinta *Haman*.— Sí. DE repente es importante saber, también, que adicionalmente el marco legal establecía en qué porcentajes o montos podría cada banco tener acceso. Entonces, este es un programa que nace el 98 a raíz del problema de liquidez que hay en el sistema financiero a fines del 98. Se diseña el programa, y cada banco que tiene interés —por eso es que se concentra efectivamente en algunos bancos que han tenido dificultades de viabilidad posterior— hacían su solicitud a la superintendencia, presentando un plan en el cual se comprometían a una serie de cosas con la superintendencia. La superintendencia daba la legibilidad y el monto —si no me equivoco— era hasta una vez el patrimonio efectivo del intermediario, como monto máximos, y se enmarcaba la relación. Una vez comunicado COFIDE se realizaba la operación de canje verificando que la cartera cumpla los requisitos del marco legal (25) por el monto máximo o menor del monto establecido en el reglamento. El señor PRESIDENTE.— ¿Quién verificaba que la cartera cumpla los requisitos? La señora GERENTE DE RIEGOS DE COFIDE, Jacinta *Haman*.— Normal, CPP y deficiente es COFIDE. O sea, dentro de los requisitos de normal, CPP, deficiente y 100% garantizada, información que tenía que ser llevada y trasladada a COFIDE, y COFIDE trasladaba y verificaba esa condición de la cartera. Si hubiera habido un atraso o no, si esa cartera no era normal y era pérdida, era entonces error o mala información del banco suministrado o no supervisado. Pero, a nosotros nos hacían llegar la lista y se verificaba el cumplimiento de los requisitos de la cartera, pero no se analizaba cada una de las operaciones dentro de la cartera. O sea no entrábamos a ver empresas, situación empresarial, sino la calificación en las centrales de información de la superintendencia. El señor PRESIDENTE.— ¿Quién hacía la calificación de cada una de las empresas? La señora GERENTE DE RIEGOS DE COFIDE, Jacinta *Haman*.— Los intermediarios financieros tienen la obligación de mantener actualizadas las calificaciones de sus carteras de crédito. Esto está en el reglamento de provisiones que es la Resolución N.° 572 de la superintendencia. La superintendencia verifica que esta calificación mensual, oportuna tenga que ver con el tipo de riesgo que reporta. -80-

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