El señor SAPAICO.— ¿Podría decirnos quién era la persona encargada de supervisar o
verificar la suscripción de dichas actas por parte de los ministros?
La señora CHÁVEZ COSSÍO DE OCAMPO (C90-NM).— No, no había ningún encargado,
era mi responsabilidad.
Las actas del Consejo de Ministros era mi responsabilidad. Yo tenía una secretaria y esta
secretaria elaboró estos textos de las actas; las actas se efectuaron en hojas sueltas. Había una
carga de trabajo inmensa.
De otro lado, si ustedes han visto el Libro N.° 3 de las actas del Consejo de Ministros, éste es un
elenco de todos los proyectos que se trataron. Entonces, yo, en ese entonces, ante la carga de
trabajo señalé de que yo iba a autenticar esas actas e iban a formar parte de esas actas, formaban
parte de esas actas los textos de las autógrafas. Porque todos los proyectos que se discutían eran
los proyectos que ya pasaban por el filtro del CIAF y CIAS, y entonces eran los textos que luego
eran publicados.
En el caso de los secretos no eran publicados, pero tienen un número correlativo; y, entiendo que
todas las autógrafas de esos textos secretos sean decretos leyes o sean decretos supremos con el
voto del Consejo de Ministros, están las autógrafas en poder del Palacio de Gobierno, o de la
Presidencia del Consejo de e Ministros, no sé a quién le corresponda conservar esto ¿no?
El señor SAPAICO.— O sea, usted era la persona encargada; era su responsabilidad la fase de
la suscripción de dichas actas del Consejo de Ministros, como secretaria ¿no?
La señora CHÁVEZ COSSÍO DE OCAMPO (C90-NM).— Así es.
El señor SAPAICO.— Usted podría decirnos si ¿se cumplió con esa suscripción de las actas?
La señora CHÁVEZ COSSÍO DE OCAMPO (C90-NM).— Yo suscribí las actas, e inclusive
contribuí a que las actas de los libros anteriores, durante mi gestión, el libro anterior se terminó
de completar, porque a veces hay algunos ministros que no completan las firmas y entonces se
puso a firma. Pero, yo lo que debo decir, es que yo nunca solicité a ningún ministro la
suscripción de las actas de las sesiones del Consejo de Ministros, en las que yo había participado.
Porque mi decisión fue que bastaba conque yo las autenticara esas actas, y que llevaran anexas
las copias de las autógrafas de cada uno de los dispositivos aprobados en ese Consejo de
Ministros.
El señor SAPAICO.— Ello implicaría, entonces, que por esa decisión que usted aceptó ¿era
inadmisible el poder llevar un Libro de actas?
La señora CHÁVEZ COSSÍO DE OCAMPO (C90-NM).— Lo que pasa es que a veces uno
habla del Libro de Actas, algo que es un libro ya totalmente diríamos estructurado o cosido; pero
los libros pueden llevarse también en hojas sueltas. Entonces, ése fue mi criterio.
O sea, una vez que se termine todo esto estas actas que están ahora en hojas sueltas y están
debidamente archivadas, se coserán pues y se les pone una tapa, y ése es el libro. Es que a veces
tenemos esa noción un poco tradicional de que el libro, es volumen ¿no?, y libro perfectamente
como las actas acá del Congreso de la República; las actas del Congreso de la República las
firmamos en hojas sueltas; que después se haga un compendio de ello es otra cosa, pero esas son
actas y eso puede considerarse perfectamente un Libro de Actas.
El señor SAPAICO.— Usted es una persona reconocida por su exigencia y la rigurosidad en la
formalidad de cualquier acto jurídico.
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