dar el detalle del auto al que le hicimos referencia, para que luego usted pueda verificar eso. El señor AIVAR MARCA, Manuel Jesús.— Le agradecería bastante. La señora PRESIDENTA.— ¿Si tiene algo que agregar? Cualquier información que no haya sido mencionada y que usted tenga. El señor AIVAR MARCA, Manuel Jesús.— Sí, únicamente y en forma reiterativa, quisiera, y que quede bien claro y registrado los atropellos de los cuales vengo siendo tanto objeto yo como mi familia, que tiene que ver porque estamos en un estado de derecho y estoy ante el primer poder del Estado. Y, es necesario que se conozca de la forma cómo se está llevando, un hecho que yo categorizo de ilegales. Por consejo de mi abogado me expresa de que esto debe ser de conocimiento del Congreso porque es el primer poder del Estado; llámese el caso de la señora Marilú, madre de mis menores hijas, que por el hecho de haber denunciado un secuestro donde le están involucradas las personas a las cuales yo me he referido, ha sido, para mí originalmente (ininteligible), y está actualmente detenida bajo un cargo que no existe en el Código Penal, una complicidad sobre dichos que dijeron que a su vez dijeron otras personas, sin ningún elemento probatorio que establece el Código. Consecuencia de esto, la totalidad de mis hijos están prácticamente en el abandono. Segundo, dentro de lo que establece el tratado internacional al cual yo estoy sujeto bajo cuya protección y al cual yo me he avenido. O sea, no es como se expresa de que un engorroso trámite motivó mi extradición; eso es absolutamente falso. Fue un solo acto; y fue decisión mía, aun en contra de lo opinado por mi abogado de Estados Unidos, quien me dijo que esto, necesariamente y absolutamente ganaría el caso. Yo preferí venir. Aparte de ello, en igual manera y de igual sentido, también está el caso de la señora Liliana Pizarro; y por ende se continúan vulnerando mis derechos constitucionales. Tan es así, ya lo expresé también que mi sueldo, mis goces, a los cuales tengo derecho por ley, están actualmente embargados, y legalmente no puedo sostener; debo la pensión de mis hijos. Gracias a Dios que el colegio permite esas deudas; son meses y meses que están en esa situación. Yo pienso de que a ningún criminal; ya como eso se le puede tratar de esa manera; y en mi caso no es ése. Yo soy una persona que únicamente puedo y debo ser procesado por encubrimiento real. Tal eso así de eso, puede usted verificarlo el expediente, en que no existe ninguna prueba que amerite mi detención. Es más, el motivo por el cual he sido extraditado con mi consentimiento y que está sujeto al artículo 6.° de la Convención Interamericana Anticorrupción, solamente contempla el delito de encubrimiento real, no el de encubrimiento personal ni el de asociación para delinquir en forma individual. Está expreso, están y continúan vulnerándose mis derechos constitucionales. Eso quería poner en conocimiento del primer poder del Estado, por su vía, señora Presidenta. La señora PRESIDENTA.— Usted a la fecha ¿cuál es el ingreso económico que percibe? El señor AIVAR MARCA, Manuel Jesús.— Ninguno. La señora PRESIDENTA.— No, sus bienes están embargados; pero, antes de este procedimiento ¿cuánto era el monto? El señor AIVAR MARCA, Manuel Jesús.— Solamente el sueldo que da la Policía. Son aproximadamente mil por el sueldo en la Caja Militar, según la planilla mil 600 y pico, y -92-

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