- - - -- - - - -- - - -- - - - - - - 24. El OSCE deberá publicar un listado actualizado de las personas capacitadas por dicha entidad para ser jefes de logística y publicar sus hojas de vida actualizadas. Las entidades deberán consultar esta información cada vez que requieran contratar a un funcionario para cumplir estas labores. 25. Reformar y potenciar la Central de Compras Públicas (Perú Compras), de manera que esta entidad se constituya en el organismo técnico de alcance nacional que propenda a organizar las grandes compras de bienes, servicios y obras de todas las entidades del Estado de los tres niveles de gobierno y que, además, pueda brindar asesoría a todas las entidades en esta materia. El potenciamiento de esta entidad implica necesariamente dotarla de la autonomía y especialización suficiente a través del aumento de su presupuesto y en la reformulación de su organización, de manera tal que cuente con un consejo directivo integrado por personas de trayectoria destacada, como órgano máximo de la entidad. Los miembros de este consejo directivo deberán ser elegidos por concurso público y deberá garantizarse su estabilidad en el cargo. 26. Todas las entidades públicas, de los tres niveles de gobierno, deben participar en el proceso de estandarización de productos dirigido por Perú Compras, para que en el plazo máximo de dos años se haya logrado estandarizar la mayoría de productos de consumo regular de todas las entidades, con la finalidad de favorecer la utilización del mecanismo de compras corporativas . 27. Establecer, bajo responsabilidad , la obligación de las entidades de informar mensualmente en su página web sobre el avance físico y la ejecución presupuestal de las obras públicas contratadas. 28. Disponer que el valor referencial de todos los procesos de contratación de bienes, servicios y obras sea público . 29. Evitar el fraccionamiento indebido de compras estableciendo un monto máximo anüal para las adjudicaciones de menor cuantía que celebre cada entidad, vinculado a un porcentaje máximo de su presupuesto. Los casos que superen estos topes deberán ser autorizados por el titular de la entidad, bajo responsabilidad. 30. Establecer que las adjudicaciones que se realicen bajo la modalidad de postor único sean necesariamente autorizadas por el titular de la entidad correspondiente en cada caso . 31. Establecer que los procesos de contratación de gobierno a gobierno incluyan en su Comité Especial a un representante de la Contraloría y a uno del OSCE. 32. Establecer responsabilidad y sanciones efectivas para los funcionarios que no cumplan con llevar a cabo los pagos de contratos públicos cuando corresponda, dentro del periodo previsto por la ley. 33. Eliminar la posibilidad de que el Estado contrate publicidad con medios de comunicación sin llevar a cabo un proceso de selección. 11

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