m) Conducir y actualizar el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) Nacionales receptoras de Cooperación Técnica Internacional, el Registro Nacional de Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), el Registro de Instituciones Privados sin fines de Lucro Receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional provenientes del Exterior (IPREDA) y el Registro de Donantes de la Cooperación Internacional. 21 El Dictamen incorpora la función de m) Conducir, publicar y actualizar el Registro publicar los Registros de ONGD, ENIEX e IPREDAS a cargo de APCI. de Organizaciones No Gubernamentales de Se detalla la información que deben Desarrollo (ONGD) Nacionales receptoras de contener dichos registros. Cooperación Técnica Internacional, el Registro Nacional de Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional provenientes del exterior (IPREDA). En los referidos registros se debe señalar la cantidad de ONGD, ENIEX y de IPREDA inscritas, el nombre de los representantes legales, el domicilio, los datos de contacto, el nombre de los planes, de los programas, de los proyectos o de las actividades específicas que tienen a su cargo dichas organizaciones y entidades; el monto de los recursos o donaciones percibidas de la cooperación técnica internacional y las El Dictamen incorpora la obligación fuentes de financiamiento que determine el de APCI de remitir la información reglamento de la presente ley, según sobre la ejecución de gastos de corresponda. ONGD, ENIEX e IPREDAS a la

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