es función de Sunat. El señor PRESIDENTE.— O sea, Sunat no se encarga de ver de dónde proviene el fondo, si el fondo se ha recibido tal y como está establecido y si por lo tanto ha tributado sobre ese fondo. El origen del fondo, si fuera doloso, es responsabilidad de otra entidad investigarlo y no de Sunat, ¿correcto? El señor IBERICO IBERICO.— Ciertamente. Mire, congresista, cuando a fines de febrero o marzo, no sé, a inicios de marzo de este año, el señor Arias hizo ese RUS de declaraciones en que me incriminaba junto con otras personas. Yo preparé una ayuda memoria sobre estos temas, que me voy a permitir dejarle para que lo lea. No es una defensa de mi trabajo, es en general una explicación de estas cosas. Y sobre ese tema, puse acá lo siguiente: Respecto a la magnitud de los ingresos declarados la cual en cierta forma fue casi de dominio público, no es la Sunat que estaba verificando el pago de los impuestos correspondientes, a la que debió provocar otro tipo de acción; pues no se trataba de un problema tributario sino, en todo caso, a su jefe y empleador, el Presidente de la República, quien por el contrario los explicó y justificó tanto directamente como a través de sus ministros o a la Contraloría General o al Ministerio Público. El señor PRESIDENTE.— ¿Usted puede dejarnos copia de la manifestación a la que hace referencia? El señor IBERICO IBERICO.— Este no es una manifestación, este es una ayuda memoria que hice sobre el tema. Esto sí le voy a dejar, congresista. El señor PRESIDENTE.— Le planteo esto, señor Iberico, porque nosotros obviamente nos guiamos por opiniones que recogemos y elementos de juicio. El jefe de la oficina de control interno de Sunat, actual, dice que: como una función, la administración tributaria que es la investigación y la fiscalización. La administración está en la obligación legal de verificar la correcta determinación de los ingresos y verificar si estos ingresos se sustentan por actividades lícitas. Si Sunat tiene indicios que estos ingresos no corresponden a actividades lícitas, debe hacer la denuncia respectiva. Yo le presento esto porque es un criterio que la comisión también ha recibido, y entiendo que su apreciación es distinta. Usted señala que Sunat debe limitarse a ver, si sobre lo declarado, éste es el ingreso real que tenía la persona; el carácter de la fuente del ingreso es un tema que no es competencia de Sunat. ¿Estoy en lo correcto? El señor IBERICO IBERICO.— Claro que sí. Congresista, como usted sabe, he sido denunciado penalmente por estos hechos. La instrucción sigue su curso, está en proceso. Y yo, en general, debo decir, que no he cometido ningún delito; he servido honestamente durante, algo más de tres años, a Sunat, entre Superintendente y otras funciones anteriores, y sin embargo me veo envuelto en esto. Como le dije, yo estoy seguro que algo de cierto debe haber en lo que me dicen algunos amigos, de que probablemente la causa real de mis problemas es que me traje abajo ese dispositivo legal tan lindo que había sobre las evaluaciones voluntarias. Pero yo estoy seguro que todo esto, lo que dice allí el jefe de control interno respecto del cual -66-

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