Informe Final de la Comisión de Fiscalización y Contraloría recaído en la investigación sobre presuntas irregularidades en la concesión de la “Vía Expresa del Callao” - RESERVADO Callao S.A., la administración del “Canon” proveniente de la concesión de la “Vía Expresa del Callao” y declara que los recursos de dicho “Canon” no constituyen fondos públicos, contraviniendo lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria de la Ley No. 27783, Ley de Bases de la Descentralización, así como el artículo 18º de la Ley No. 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público. 9.1.20. Las cinco (5) adendas y dos (2) aclaraciones al Contrato de Concesión de la “Vía Expresa del Callao” desnaturalizaron no sólo dicho contrato, sino también el proyecto original, quebrando la Ecuación Económico Financiera en perjuicio de la Municipalidad Provincial del Callao y los usuarios (en proporción estimada de 80% a favor de la concesionaria Convial Callao S.A. y 20% para el municipio y usuarios). La Contraloría General de la República ha determinado que las obras eliminadas y suspendidas a través de dichas adendas equivalen a un monto estimado de US$ 2’000,000 y US$ 9’000,000, respectivamente. 9.1.21. Existe una diferencia no explicada de aproximadamente US$ 15’000,000 entre el valor de la obra construida en el Tramo A de la “Vía Expresa del Callao” y el valor consignado en los documentos denominados “Certificados de Inversión”. A la fecha, se encuentra pendiente el peritaje de la Contraloría General de la República sobre la valorización real de las obras. 9.1.22. Los documentos denominados “Certificados de Inversión”, suscritos por Fernando Carrillo Morales, Gerente General de la empresa supervisora de obra Alpha Consult S.A., y por Javier Roberto Lowry Gazzini, Gerente General de Convial Callao S.A., 204

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