Informe Final de la Comisión de Fiscalización y Contraloría recaído en la investigación sobre presuntas irregularidades en la concesión de la “Vía Expresa del Callao” - RESERVADO denominado “Contrato Preparatorio de Concesión” y cinco (5) Cláusulas Adicionales, contraviniendo el Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo No. 059-96-PCM (régimen general de concesiones), incluso el Reglamento aprobado por Ordenanza Municipal No. 006-97-PCM (régimen municipal de concesiones para la Provincia Constitucional del Callao), y lo dispuesto en el Artículo IX del Título Preliminar del Código Civil, por cuanto la aplicación supletoria de los artículos 1414º y siguientes de este último cuerpo normativo (que regulan los contratos preparatorios) resultan incompatibles con la naturaleza administrativa del procedimiento y contrato de concesión, así como con el principio de legalidad que los rige. 9.1.12. El documento denominado “Contrato Preparatorio de Concesión”, así como sus cinco (5) cláusulas adicionales, no cumplieron con ser aprobadas por PROMCEPRI (COPRI/PROINVERSION), contraviniendo el artículo 23º del Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo No. 059-96-PCM, que regula el régimen general de concesiones. 9.1.13. La suscripción ilícita del documento denominado “Contrato Preparatorio de Concesión” (30 de marzo del 2000) y sus cinco (5) Cláusulas Adicionales (6 de junio, 29 de agosto, 21 de septiembre, 24 de octubre y 19 de diciembre del 2000) tuvo por objeto postergar indebidamente hasta en seis oportunidades (90, 60, 30, 30, 60 y 43 días respectivamente) la suscripción del Contrato de Concesión (definitivo), a fin de que en ese lapso de tiempo -como se desprende del Libro de Actas de la Junta General de Accionistas- Convial Callao S.A. logre el capital social exigido para la suscripción de aludido contrato (S/. 42’000,000), que en efecto 201

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