Informe Final de la Comisión de
Fiscalización y Contraloría recaído en la
investigación
sobre
presuntas
irregularidades en la concesión de la “Vía
Expresa del Callao” - RESERVADO
2.2 del Anexo 1 de las Bases Generales y seis (6) Absoluciones de
Consultas de CINTRA S.A. y Obrascon Huarte S.A., que reiteran el
cumplimiento “exacto” y “estricto” de los documentos solicitados y
su contenido, así como la determinación de no conceder plazo para
subsanaciones, en ningún caso.
9.1.5. La componente nacional del “Consorcio CCI Concesiones Perú”, la
empresa “Concesiones Perú S.A.C.” (inscrita en Registros Públicos
el 20 de mayo de 1999), presentó estados financieros que no
reunían ninguno de los requisitos exigidos por las Bases, pese a
ello tanto el Comité de Recepción de Propuestas, como el Comité
de Concesiones omitieron observar aquellas deficiencias y
descalificar
automáticamente
al
postor,
por
el
contrario,
posteriormente le otorgaron la concesión. Ello en contravención de
los numerales 1.9.1.a, 1.10.2.e y 1.11.1 de las Bases Generales,
así como 1.1, 1.2, 2.1 y 2.2 del Anexo 1 de las Bases Generales y
la Absolución de la Consulta No. 10 de CINTRA S.A., que precisa
que no se aceptarán empresas nuevas, sino resultado de fusión.
9.1.6. Las componentes argentinas del “Consorcio CCI Concesiones
Perú”,
las
Concesiones
empresas
S.A.”
“CCI
Construcciones
presentaron
estados
S.A.”
financieros
y
“CCI
sin
la
acreditación de haber sido presentados a la autoridad tributaria de
su país de origen ( que para el caso de la República Argentina es la
Administración Federal de Ingresos Públicos –AFIP39), como lo
exigían las Bases Generales, no obstante, tanto el Comité de
Recepción de Propuestas, como el Comité de Concesiones
omitieron realizar las observaciones del caso y descalificar
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