Informe Final de la Comisión de
Fiscalización y Contraloría recaído en la
investigación
sobre
presuntas
irregularidades en la concesión de la “Vía
Expresa del Callao” - RESERVADO
8.1.6. Delitos contra la Tranquilidad Pública
8.1.6.1. Asociación ilícita (artículo 317, CP)
“El que forma parte de una organización de dos o más personas
destinada a cometer delitos será reprimido por el sólo hecho de ser
miembro de la misma, con pena privativa de libertad no menor de
tres ni mayor de seis años. (…)”
8.1.7. Delitos contra la Fe Pública
8.1.7.1. Falsificación de documentos (artículo 427, CP)
“El que hace, en todo o en parte, un documento falso o adultera
uno verdadero que pueda dar origen a derecho u obligación o
servir para probar un hecho, con el propósito de utilizar el
documento, será reprimido, si de su uso puede resultar algún
perjuicio, con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor
de diez años y con treinta a noventa días-multa si se trata de un
documento público, registro público, título auténtico o cualquier otro
trasmisible por endoso o al portador y con pena privativa de libertad
no menor de dos ni mayor de cuatro años, y con ciento ochenta a
trescientos sesenticinco días-multa, si se trata de un documento
privado.
El que hace uso de un documento falso o falsificado, como si fuese
legítimo, siempre que de su uso pueda resultar algún perjuicio, será
reprimido, en su caso, con las mismas penas.”
8.1.7.2. Falsedad genérica (artículo 438, CP)
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