Informe Final de la Comisión de
Fiscalización y Contraloría recaído en la
investigación
sobre
presuntas
irregularidades en la concesión de la “Vía
Expresa del Callao” - RESERVADO
Carta
Fianza
No.
8600039005
No.
8600039002
No. 922162
No.
20/000024800
No.
8600040005
Irrevocable
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
Incondicional
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
Realización
automática
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
Renuncia
expresa
beneficio
excusión
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
NO CUMPLE
Renovable
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
NO CUMPLE
NO CUMPLE
Requisitos Formales
7.1.3.13. Como se puede apreciar en el cuadro que antecede, uno de los
primeros aspectos que podemos advertir es que la Carta Fianza No.
20/0000248-00, extendida por el Banco del Comercio (fiador), no cumple
con la condición de “renovable a solicitud de la Entidad” que exigen las
Bases Generales y que, según lo analizado en los párrafos precedentes,
es de estricto y exacto cumplimiento en su contenido, bajo estatuto de
constituir un factor de descalificación automática del participante. No
obstante, como se desprende del Acta de Reopción de Propuestas, el
Comité de Recepción de Propuestas, cuyo presidente era además
miembro del Comité de Concesiones, no observó este incumplimiento. El
Comité de Concesiones tampoco observó esta carta fianza, ni descalificó
automáticamente al postor.
7.1.3.14. El segundo aspecto que podemos advertir del cuadro que
antecede es que la Carta Fianza No. 8600040005, extendida por el
Citibank N.A. Sucursal de Lima, presentada por el postor Consorcio CCI
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