Informe Final de la Comisión de
Fiscalización y Contraloría recaído en la
investigación
sobre
presuntas
irregularidades en la concesión de la “Vía
Expresa del Callao” - RESERVADO
anteriores, que es el “Usuario y Consumidor”. Y vamos a citar
nuevamente al maestro Jèze, quien señala:
“El Estado no puede desinteresarse del servicio público (u obra
pública)… una vez concedido. Se concede, sin duda, pero no por
ello deja de ser un servicio público. La concesión representa una
delegación, es decir una forma de gestión indirecta, y no equivale a
un abandono, o a una cesión. El Estado siendo garante de la
ejecución del servicio (o de la obra) con relación al conjunto de
ciudadanos, sigue siendo de la seguridad pública que puede verse
comprometida por una ejecución inhábil del servicio (u obra). Sigue
siendo también responsable del orden público que puede perturbar
una ejecución incompleta o torpe.”
7.2.7.5.
En ese sentido, el equilibrio económico financiero no sólo debe
funcionar para el concesionario, sino también para el concedente, pero
especialmente para el usuario y consumidor.
7.2.7.6.
Examinemos rápidamente el análisis costo-beneficio de las
adendas y aclaraciones al Contrato de Concesión de la “Vía Expresa del
Callao”.
Análisis costo-beneficio por agentes participantes de las adendas y
aclaraciones al Contrato de Concesión “Vía Expresa del Callao”
ADENDA Y/O
ACLARACIÓN
A FAVOR DE CONVIAL
CALLAO S.A.
1. Cambio a onerosa – Canon
que se pagará 2 meses después
de iniciar peaje – Programa de
Microcréditos.
15 FEB 2002
(Adenda)
15 FEB 2002
(Adenda)
A FAVOR DE LA MPC /
USUARIOS
1. Redondeo de tarifa a S/. 0.50
o S/. 1 inmediato superior.
110
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos