(^^óca/¿a <¿e/a
iii.
Elemento teleológico; Corresponde al desarrollo futuro de un
programa criminal. La organización criminal busca la comisión de
delitos que generen rentabilidad, y, por ende, sostenibilidad en el
tiempo.
iv.
Elemento funcional: La designación o reparto de roles de los
integrantes de la organización criminal. Aquí se destaca como rasgo
de la organización un sistema de división de funciones y de trabajo
entre los integrantes para la realización de los delitos y para la
consecución de las tareas propias.
V.
Elemento estructural: Como elemento normativo que engarza y
articula todos los componentes. La estructura es parte esencial
dentro de una organización criminal. Con relación a este elemento,
PRADO SALDARRIAGA-’-" señala: "La criminalidad organizada
requiere ia configuración de una estructura o diseño organizacionai.
EHo permite ordenar actividades y mantiene ia cohesión de ios
grupos criminales. La estructura puede ser rígida o flexible, vertical
u horizontal, cerrada o abierta. Jerarquizada o descentralizada. A su
interior, sin embargo, se configura un sistema de roles, mandos,
funciones y jerarquías, que permiten ai grupo crimina! lograr una
distribución adecuada de responsabilidades estratégicas y tácticas,
adaptándolas a los objetivos deiproyecto crimina! asumido".
4.2.4. ESTRUCTURA Y TIPOLOGÍAS DE LA ORGANIZACIÓN CRIMINAL
La estructura corresponde a la forma como se configuran materialmente
las organizaciones: vertical, horizontal y flexible^®. El tipo penal
previsto en el 317° del CP, no asume la existencia de una estructura
criminal; sin embargo, la Ley N.° 30077 sí lo señala, en concordancia con
el Acuerdo Plenario N.° 004-2007/CJ-116 y la "Convención de las Naciones
Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional".
A
£
<?/***<
M
W
En efecto, todo tipo de organización criminal necesita de una estructura, la
cual proviene del reparto de tareas o roles de sus integrantes, como de la
propia exigencia normativa de la Ley contra el Crimen Organizado. La
estructura se analiza en función a la actividad ilícita a la que se dedica la
organización criminaP^, pues no es lo mismo hablar de organizaciones
dedicadas al sicariato y extorsión que organizaciones dedicadas al
narcotráfico y blanqueo de capitales, y de ambas con relación a
organizaciones dedicadas a cometer delitos de gran corrupción.
Dentro del elemento "estructura" que fija el Acuerdo Plenario N.o 01-2017SPN de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales, podemos
ubicar cinco tipologías de organizaciones, que han sido desarrolladas por el
Centro para la Prevención Internacional del Delito (CICIP) y el Centro de
Investigación Interregional de Delitos y Justicia de las Naciones Unidas
PRADO SALDARRIAGA, Víctor (2013). Criminalidad organizada y lavado de activos. Lima, Idemsa, p. 62.
55 Acuerdo Plenario N.® 01-2017-SPN, fundamento 21. También véase, Acuerdo Plenario N.° 8-2017/0-116, fundamento 6
y 9.
5’ Ibidem, fundamento 18.
Página 43 de 375
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos