4.5.3.1. Respecto al investigado José Pedro Castillo Terrones 4.5.3.1.1 Juicio de tipicidad a. Tipicidad objetiva 4.5.3.1.1.1 Para el estudio del delito de Organización Criminal imputado al investigado JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES [en su condición de Presidente de la República], debemos tener en cuenta los alcances de los elementos que conforman el delito de Organización Criminal, previsto y sancionado en el artículo 317° CP, concordante con la agravante del segundo párrafo por su condición de líder. En ese sentido, corresponde indicar que las estructuras criminales pueden ser variables, existen notas características que las definen y que deben verificarse para determinar su existencia. De esta manera, conforme a la Ley N.° 30077 y el Acuerdo Plenario N.° 12017-SPN, los elementos que configuran la organización criminal son: a) Elemento personal: Que la organización esté integrada por tres o más personas; b) Elemento temporal: El carácter estable o permanente de la organización criminal; c) Elemento teleológico: Corresponde al desarrollo futuro de un programa criminal; d) Elemento funcional: La designación o reparto de roles de los integrantes de la organización criminal; e) Elemento estructural: Como elemento normativo que engarza y articula todos los componentes; y, f) Elemento modal: entendido como el conjunto de procedimientos estratégicos practicados de manera concertada y coordinada por los integrantes de la organización criminal, con la finalidad de facilitar la consumación delictiva. 4.5.3.1.1.2 Así planteadas las cosas, toca evaluar cada uno de los elementos arriba detallados: Elemento personal: 4.5.3.1.1.2.1 Esta presunta organización criminal estaría conformada por más de tres personas. Así tenemos a: i) JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES, en su condición de Presidente de la República, quien sería el líder de la Organización Criminal; ii) GEINER ALVARADO LÓPEZ, en su condición de Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Así también la Organización Criminal estaría integrada por: iii) Lilia Ulcida Paredes Navarro; iv) Walter Antonio Paredes Navarro; v) David Alfonso Paredes Navarro; vi) Yenifer Noelia Paredes Navarro; vil) José Nenil Medina Guerrero; viii) Segundo Alejandro Sánchez Sánchez; ix) Jenin Abel Cabrera Fernández; x) Salatiel Marrufo Alcántara; los que vienen siendo investigados por el Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción del Poder, en el caso N.° 02-2022, en razón que no se encuentran revestidos por la protección que brinda el artículo 99° de la Constitución Política del Estado. Elemento temporal: Página 128 de 375

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