Los miembros de la Comisión realizaron sesiones regulares, recolectaron datos
para sus investigaciones y tomaron decisiones consensuadas hasta que, en la
sesión del Pleno del Congreso celebrada el 28 de junio de 2017, se acordó
ampliar el plazo de las investigaciones hasta por 360 días calendario 11.
En enero de 2018, la conformación de la Comisión se modificó nuevamente.
Durante este mes, la congresista Marisol Espinoza renunció a sus cargos de
miembro y secretaria de la Comisión -su bancada no presentó remplazo
alguno12. Por otra parte, los congresistas Jorge Bravo y Gino Costa fueron
oficialmente reemplazados por los congresistas Humberto Morales Ramírez
(Frente Amplio), quien asumió la vicepresidencia, y Gilbert Violeta López
(Peruanos por el Kambio), respectivamente. De esta manera, la Comisión quedó
conformada por los congresistas:
Rosa María Bartra Barriga, del Grupo Parlamentario Fuerza Popular,
presidenta de la Comisión;
Humberto Morales Ramírez, del Grupo Parlamentario Frente Amplio por
Justicia, Vida y Libertad, vicepresidente de la Comisión;
Karina Juliza Beteta Rubín, del Grupo Parlamentario Fuerza Popular;
Gilbert Violeta López del Grupo Parlamentario Peruanos por el Kambio;
Mauricio Mulder Bedoya, de la Cédula Parlamentaria Aprista; y
Víctor Andrés García Belaunde, del Grupo Parlamentario Acción Popular.
Luego, el 13 de junio de 2018 la Comisión solicitó ante el Pleno del Congreso un
plazo adicional de 60 días calendario con el objeto de concluir sus
investigaciones y elaborar su informe final13. Ese mismo día, el Pleno aprobó con
71 votos el requerimiento de la Comisión.
Como se desprende de la moción de creación, la Comisión tiene un alcance que
comprende la revelación de una serie de hechos referidos a un asunto de interés
público vinculado a las concesiones, obras y proyectos otorgados por el Estado
peruano a las empresas brasileñas y sus consorciadas peruanas, con el fin de
someter dicha información al escrutinio del Parlamento por si de tal conocimiento
se derivaran responsabilidades políticas, penales o administrativas.
1.
Asunto de interés público
Las comisiones investigadoras del Congreso son una expresión del control
político ejercido por el Congreso de la República14 que, al amparo del artículo 97
11
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ. Acta de la 18° Sesión del Pleno del Congreso,
celebrada el miércoles 28 de junio de 2017. Lima: Congreso de la República del Perú.
Departamento de Relatoría, agenda y actas, Área de redacción de actas, 2017.
12 La renuncia se hizo oficial el 8 de marzo de 2018. Después de este suceso, ningún congresista
asumió el cargo de secretario de comisión.
13 COMISIÓN INVESTIGADORA MULTIPARTIDARIA. Oficio N° 1782-2017-2018-CIM.CR. Lima:
13 de junio de 2018
14 Existe debate sobre si las comisiones investigadoras son instrumentos de control político o si
solo son instrumentos de información. Al respecto, a favor de la primera postura, Manuel
Aragón Reyes señala, en referencia a las comisiones de investigación o encuesta que ‘’su
calificación como instrumentos de control […] parece evidente en cuanto que recibir información
es para el Parlamento un medio y no un fin; lo principal, lo sustantivo, es el control que a través
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