Los miembros de la Comisión realizaron sesiones regulares, recolectaron datos para sus investigaciones y tomaron decisiones consensuadas hasta que, en la sesión del Pleno del Congreso celebrada el 28 de junio de 2017, se acordó ampliar el plazo de las investigaciones hasta por 360 días calendario 11. En enero de 2018, la conformación de la Comisión se modificó nuevamente. Durante este mes, la congresista Marisol Espinoza renunció a sus cargos de miembro y secretaria de la Comisión -su bancada no presentó remplazo alguno12. Por otra parte, los congresistas Jorge Bravo y Gino Costa fueron oficialmente reemplazados por los congresistas Humberto Morales Ramírez (Frente Amplio), quien asumió la vicepresidencia, y Gilbert Violeta López (Peruanos por el Kambio), respectivamente. De esta manera, la Comisión quedó conformada por los congresistas:       Rosa María Bartra Barriga, del Grupo Parlamentario Fuerza Popular, presidenta de la Comisión; Humberto Morales Ramírez, del Grupo Parlamentario Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad, vicepresidente de la Comisión; Karina Juliza Beteta Rubín, del Grupo Parlamentario Fuerza Popular; Gilbert Violeta López del Grupo Parlamentario Peruanos por el Kambio; Mauricio Mulder Bedoya, de la Cédula Parlamentaria Aprista; y Víctor Andrés García Belaunde, del Grupo Parlamentario Acción Popular. Luego, el 13 de junio de 2018 la Comisión solicitó ante el Pleno del Congreso un plazo adicional de 60 días calendario con el objeto de concluir sus investigaciones y elaborar su informe final13. Ese mismo día, el Pleno aprobó con 71 votos el requerimiento de la Comisión. Como se desprende de la moción de creación, la Comisión tiene un alcance que comprende la revelación de una serie de hechos referidos a un asunto de interés público vinculado a las concesiones, obras y proyectos otorgados por el Estado peruano a las empresas brasileñas y sus consorciadas peruanas, con el fin de someter dicha información al escrutinio del Parlamento por si de tal conocimiento se derivaran responsabilidades políticas, penales o administrativas. 1. Asunto de interés público Las comisiones investigadoras del Congreso son una expresión del control político ejercido por el Congreso de la República14 que, al amparo del artículo 97 11 CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ. Acta de la 18° Sesión del Pleno del Congreso, celebrada el miércoles 28 de junio de 2017. Lima: Congreso de la República del Perú. Departamento de Relatoría, agenda y actas, Área de redacción de actas, 2017. 12 La renuncia se hizo oficial el 8 de marzo de 2018. Después de este suceso, ningún congresista asumió el cargo de secretario de comisión. 13 COMISIÓN INVESTIGADORA MULTIPARTIDARIA. Oficio N° 1782-2017-2018-CIM.CR. Lima: 13 de junio de 2018 14 Existe debate sobre si las comisiones investigadoras son instrumentos de control político o si solo son instrumentos de información. Al respecto, a favor de la primera postura, Manuel Aragón Reyes señala, en referencia a las comisiones de investigación o encuesta que ‘’su calificación como instrumentos de control […] parece evidente en cuanto que recibir información es para el Parlamento un medio y no un fin; lo principal, lo sustantivo, es el control que a través 13

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