unidades de negocio: construcción, suministro de agua de riego y generación hidroeléctrica. En su sesión del 29 de agosto de 1999, la Copri aprobó las bases del “Concurso Internacional de Proyectos Integrales para la Concesión del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Olmos”. Este concurso se convocó para los días 5 y 6 de setiembre de 2000. Seguidamente, en setiembre de 1999, la empresa consultora ECSA Ingenieros concluyó la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto, el cual se realizó sobre la base del contrato suscrito entre la empresa consultora y FOPRI-COPRI (actualmente Proinversión). La Copri en su sesión del 20 de agosto de 2000, al prorrogar con fecha abierta la presentación de propuestas técnicas y económicas, oficializó la suspensión del referido concurso; y en la sesión del 29 de agosto de 2001, tomó la decisión de reactivar el mismo, sobre la base de adecuaciones del Plan de Promoción que permitieron la incorporación del componente eléctrico del proyecto y la restitución del rol del Estado dentro de la estructura financiera, estableciendo el cofinanciamiento en US$ 40’000,000.00. A partir del 16 de setiembre de 2001, la conducción del proceso de promoción de la inversión privada en el Proyecto Olmos quedó a cargo el Comité Especial en Proyectos de Infraestructura y Servicios Públicos, en virtud a lo dispuesto en la Resolución Suprema N° 444-2001-EF. Para efectos del relanzamiento del referido concurso, el comité tomó una serie de medidas y decisiones preparatorias hasta el 4 de marzo de 2002, entre las que destacaron las siguientes: a. la adecuación del esquema financiero considerando el cofinanciamiento del Estado hasta US$ 40’000,000.00, con condiciones de financiamiento aprobadas por Resolución Ministerial N°328-2001-EF/10 del 8 de noviembre de 2001; b. los lineamientos de garantías del Estado, mediante los cuales se garantizaba la transferencia a favor del concesionario de US$ 40’000, 000.00 adicionales, producto de la venta de las 27,000 hectáreas de tierras comprometidas en el esquema de concesión; y, a. la garantía de pago por los servicios de suministro de agua de riego en las tierras que aún no hubiesen sido vendidas. A pesar de estos cambios significativos, tan solo se logró la incorporación de dos nuevos adquirentes de las bases, los cuales postergaron sucesivamente la presentación de sus documentos de calificación (Sobre N° 1) para adquirir la categoría de postores, a la vez que los antiguos postores no demostraron el interés que se había esperado en la preparación de sus ofertas. Adicionalmente, se evidenció que la posibilidad de transferir el producto de la venta de las tierras al concesionario era legalmente inconsistente, de modo que para mantener la continuidad del proceso y para incrementar las posibilidades de su culminación exitosa, se requería la reestructuración del esquema financiero integrando al cofinanciamiento los importes de los compromisos dinerarios del Estado por la venta de las tierras hasta por los US$ 77’000,000.00 originalmente aprobados en el plan de promoción. 67

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