obstrucciones a la presente investigación, sino que también puede generar obstáculos para el Poder Judicial. 9.2. Sobre la Corporación Andina de Fomento Otro organismo renuente a entregar información ha sido la Corporación Andina de Fomento (CAF), una entidad financiera multilateral de derecho internacional público creada en el año 1968 por Ecuador, Bolivia, Colombia, Chile, Perú y Venezuela a partir del denominado Convenio Constitutivo, y cuyas operaciones datan desde el año 197070. En la actualidad, las relaciones entre la CAF y el Perú no solo se rigen por el convenio citado, sino también por el Acuerdo suscrito entre el Gobierno de Perú y la Corporación Andina de Fomento que consta en Decreto Ley Nº 21772 de fecha 4 de enero de 1977. Ahora bien, la relevancia de la CAF para la presente investigación radica en sus vínculos con los proyectos Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú – Brasil, Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano y Proyecto de Irrigación e Hidroenergético Olmos. Entre otras operaciones, en el primer caso, la CAF le prestó al Estado US$ 500 millones de dólares para financiar el proyecto71; en el segundo, les otorgó préstamos de US$ 77 millones de dólares al Estado72 y US$ 50 millones a Odebrecht73 con el mismo objetivo. Por otro lado, en el caso particular del Gasoducto Sur Peruano se halló un documento remitido por la CAF74, del 2 de julio de 2008, informándole al Ministerio de Energía y Minas del Perú sobre su calidad de inversionista en los Fondos Latin Power I, II, y III, todos ellos administrados por Conduit Capital Partners. En particular, la CAF señaló también haber participado como inversionista en el Fondo Latin Power III que, a través de su filial Kuntur Transportadora de Gas (empresa vinculada a Odebrecht), había solicitado la concesión del transporte para el desarrollo del proyecto Gasoducto Andino del Sur (oficialmente denominado Proyecto de Transporte por Ductos de Gas de Camisea al Sur del Perú, fuertemente vinculado al proyecto Gasoducto Sur Peruano). Por tal motivo, la Comisión solicitó a la CAF, mediante Oficio N° 2322-20172018/CIM., del 26 de julio de 2018, informar sobre su participación en el Fondo Latin Power III en Kuntur Transportadora de Gas, su relación con Conduit Capital Partners LLC, entre otras informaciones adicionales con relación a sus funcionarios y otras empresas relacionadas a ella. Sin embargo, mediante la Comunicación SG-576/201875, la CAF se negó a dar trámite al pedido de la Comisión alegando inmunidades, exenciones y privilegios 70 Sobre este punto: https://www.caf.com/es/sobre-caf/quienes-somos/ Préstamos que fueron posibles gracias a los decretos supremos 181-2008-EF y 235-2010-EF y que se realizaron durante el periodo 2009-2012 (Registro 821, pp. 6-8). 72 Registro 2387, tomo II, p. 397. 73 Registro 2387, tomo II, p. 366. 74 Documento VFCBI-136/2008. 75 Registro 2682. 71 45

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