obstrucciones a la presente investigación, sino que también puede generar
obstáculos para el Poder Judicial.
9.2. Sobre la Corporación Andina de Fomento
Otro organismo renuente a entregar información ha sido la Corporación Andina
de Fomento (CAF), una entidad financiera multilateral de derecho internacional
público creada en el año 1968 por Ecuador, Bolivia, Colombia, Chile, Perú y
Venezuela a partir del denominado Convenio Constitutivo, y cuyas operaciones
datan desde el año 197070. En la actualidad, las relaciones entre la CAF y el Perú
no solo se rigen por el convenio citado, sino también por el Acuerdo suscrito
entre el Gobierno de Perú y la Corporación Andina de Fomento que consta en
Decreto Ley Nº 21772 de fecha 4 de enero de 1977.
Ahora bien, la relevancia de la CAF para la presente investigación radica en sus
vínculos con los proyectos Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú – Brasil,
Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur
Peruano y Proyecto de Irrigación e Hidroenergético Olmos. Entre otras
operaciones, en el primer caso, la CAF le prestó al Estado US$ 500 millones de
dólares para financiar el proyecto71; en el segundo, les otorgó préstamos de US$
77 millones de dólares al Estado72 y US$ 50 millones a Odebrecht73 con el mismo
objetivo.
Por otro lado, en el caso particular del Gasoducto Sur Peruano se halló un
documento remitido por la CAF74, del 2 de julio de 2008, informándole al
Ministerio de Energía y Minas del Perú sobre su calidad de inversionista en los
Fondos Latin Power I, II, y III, todos ellos administrados por Conduit Capital
Partners. En particular, la CAF señaló también haber participado como
inversionista en el Fondo Latin Power III que, a través de su filial Kuntur
Transportadora de Gas (empresa vinculada a Odebrecht), había solicitado la
concesión del transporte para el desarrollo del proyecto Gasoducto Andino del
Sur (oficialmente denominado Proyecto de Transporte por Ductos de Gas de
Camisea al Sur del Perú, fuertemente vinculado al proyecto Gasoducto Sur
Peruano).
Por tal motivo, la Comisión solicitó a la CAF, mediante Oficio N° 2322-20172018/CIM., del 26 de julio de 2018, informar sobre su participación en el Fondo
Latin Power III en Kuntur Transportadora de Gas, su relación con Conduit Capital
Partners LLC, entre otras informaciones adicionales con relación a sus
funcionarios y otras empresas relacionadas a ella.
Sin embargo, mediante la Comunicación SG-576/201875, la CAF se negó a dar
trámite al pedido de la Comisión alegando inmunidades, exenciones y privilegios
70
Sobre este punto: https://www.caf.com/es/sobre-caf/quienes-somos/
Préstamos que fueron posibles gracias a los decretos supremos 181-2008-EF y 235-2010-EF
y que se realizaron durante el periodo 2009-2012 (Registro 821, pp. 6-8).
72 Registro 2387, tomo II, p. 397.
73 Registro 2387, tomo II, p. 366.
74 Documento VFCBI-136/2008.
75 Registro 2682.
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