Comisión Investigadora de Delitos Económicos y Financieros 1990 – 2001 Área de Salvataje Bancario 13-jun-02 o El informe se sustenta en el alcance previamente convenido, que consistió en: la verificación sobre bases selectivas, el cumplimiento por parte Arthur Andersen de la aplicación de la metodología de valuación, aplicando los procedimientos aceptados por los Bancos participantes. o Pricewaterhouse Coopers deja en claro que no fue contratada para realizar una auditoría o examen cuyo objetivo sea emitir una opinión sobre los estados financieros, sus elementos, cuentas o ítems específicos u otras afirmaciones de la Gerencia. Por lo tanto, la Sociedad no emitió una opinión de esa naturaleza. La sociedad auditora deja en claro que su informe se refiere únicamente a la incorporación de los ajustes provenientes de la valorización del Banco Latino y no a los estados financieros del Banco en su conjunto. o De la revisión de los papeles de trabajo para la elaboración del informe de la auditora, se podría considerar que Pricewaterhouse Coopers aplicó de manera imparcial los criterios de valuación que fueron acordados por el Banco Latino y el Interbank (como absorbido y absorbente) con Arthur Andersen, no existiendo evidencias de que haya beneficiado ni perjudicado a ninguno de los dos Bancos. o Los ajustes efectuados por Pricewaterhouse Coopers fueron menores en S/. 50’785,000 que los ajustes efectuados Arthur Andersen (es decir que el valor de los activos del Latino según Pricewaterhouse Coopers); lo que evitó mayores pérdidas al Estado Peruano, ya que de no haberse efectuado la revisión de la valorización, la suma que habría tenido que asumir por concepto de Bonos del Fondo de Seguro de Depósitos y el MEF hubiera sido por S/. 652’131,000 y no por S/. 601’346,000. Criterios acordados entre Banco Interbank, Banco Latino y Arthur Andersen 6. Apoyándose en que la valorización realizada por Arthur Andersen debía regirse por los criterio acordados entre Arthur Andersen y las Gerencias del Banco Latino e Interbank; la sociedad auditora otorgó valor cero a garantías que habían sido constituidas pero que a la fecha de la valorización no contaban con una tasación actualizada. Así, castigaron en un 100% garantías del Banco Latino cuyas tasaciones tenían una antigüedad mayor a los 18 meses, lo cual tuvo repercusión directa sobre el déficit de provisiones del Banco Latino y arrojó un mayor déficit que debería cubrir el Estado y el FSD. Asimismo, también en base a los criterios acordados entre las Gerencias de los Bancos Latino e Interbank y Arthur Andersen, la auditora calificó a clientes comunes (entre ambos bancos) en categorías de mayor riesgo crediticio, debido a que Interbank los tenía calificado en esas categorías y (según los criterios acordados) primaba la clasificación asignada por Interbank. Al respecto, Pricewaterhouse Coopers estableció que, si bien era cierto que este procedimiento aplicado estaba en concordancia con lo pactado entre las partes, consideraron de interés señalar que existían ciertos clientes comunes cuyos saldos deudores con Interbank no eran representativos frente a la deuda que mantenían en el Banco Latino, cuyas calificaciones representaban categorías de mayor riesgo. En tal sentido, el criterio establecido para la clasificación de clientes comunes, permitió castigar más de lo necesario parte de la cartera crediticia del Banco Latino cuyos clientes también tenían créditos con el Interbank. Así, los criterios acordados entre los bancos y Arthur Andersen para la valorización puso muchas limitantes en la evaluación de garantías que sustentaban la cartera de 58

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