Comisión Investigadora de Delitos Económicos y Financieros 1990 – 2001
Área de Salvataje Bancario
13-jun-02
o
El informe se sustenta en el alcance previamente convenido, que consistió en:
la verificación sobre bases selectivas, el cumplimiento por parte Arthur
Andersen de la aplicación de la metodología de valuación, aplicando los
procedimientos aceptados por los Bancos participantes.
o
Pricewaterhouse Coopers deja en claro que no fue contratada para realizar una
auditoría o examen cuyo objetivo sea emitir una opinión sobre los estados
financieros, sus elementos, cuentas o ítems específicos u otras afirmaciones
de la Gerencia. Por lo tanto, la Sociedad no emitió una opinión de esa
naturaleza. La sociedad auditora deja en claro que su informe se refiere
únicamente a la incorporación de los ajustes provenientes de la valorización del
Banco Latino y no a los estados financieros del Banco en su conjunto.
o
De la revisión de los papeles de trabajo para la elaboración del informe de la
auditora, se podría considerar que Pricewaterhouse Coopers aplicó de manera
imparcial los criterios de valuación que fueron acordados por el Banco Latino y
el Interbank (como absorbido y absorbente) con Arthur Andersen, no existiendo
evidencias de que haya beneficiado ni perjudicado a ninguno de los dos
Bancos.
o
Los ajustes efectuados por Pricewaterhouse Coopers fueron menores en S/.
50’785,000 que los ajustes efectuados Arthur Andersen (es decir que el valor
de los activos del Latino según Pricewaterhouse Coopers); lo que evitó
mayores pérdidas al Estado Peruano, ya que de no haberse efectuado la
revisión de la valorización, la suma que habría tenido que asumir por concepto
de Bonos del Fondo de Seguro de Depósitos y el MEF hubiera sido por S/.
652’131,000 y no por S/. 601’346,000.
Criterios acordados entre Banco Interbank, Banco Latino y Arthur Andersen
6.
Apoyándose en que la valorización realizada por Arthur Andersen debía regirse
por los criterio acordados entre Arthur Andersen y las Gerencias del Banco Latino e
Interbank; la sociedad auditora otorgó valor cero a garantías que habían sido
constituidas pero que a la fecha de la valorización no contaban con una tasación
actualizada. Así, castigaron en un 100% garantías del Banco Latino cuyas tasaciones
tenían una antigüedad mayor a los 18 meses, lo cual tuvo repercusión directa sobre el
déficit de provisiones del Banco Latino y arrojó un mayor déficit que debería cubrir el
Estado y el FSD.
Asimismo, también en base a los criterios acordados entre las Gerencias de los
Bancos Latino e Interbank y Arthur Andersen, la auditora calificó a clientes comunes
(entre ambos bancos) en categorías de mayor riesgo crediticio, debido a que Interbank
los tenía calificado en esas categorías y (según los criterios acordados) primaba la
clasificación asignada por Interbank. Al respecto, Pricewaterhouse Coopers estableció
que, si bien era cierto que este procedimiento aplicado estaba en concordancia con lo
pactado entre las partes, consideraron de interés señalar que existían ciertos clientes
comunes cuyos saldos deudores con Interbank no eran representativos frente a la
deuda que mantenían en el Banco Latino, cuyas calificaciones representaban
categorías de mayor riesgo. En tal sentido, el criterio establecido para la clasificación
de clientes comunes, permitió castigar más de lo necesario parte de la cartera
crediticia del Banco Latino cuyos clientes también tenían créditos con el Interbank.
Así, los criterios acordados entre los bancos y Arthur Andersen para la valorización
puso muchas limitantes en la evaluación de garantías que sustentaban la cartera de
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