Comisión Investigadora de Delitos Económicos y Financieros 1990 – 2001
Área de Salvataje Bancario
13-jun-02
A continuación se detallan los comentarios de la sociedad auditora, surgidos de la
verificación efectuada:
a)
Inversiones
Al 31 de diciembre del 2000, MZA había valorizado la inversión que el
Banco Latino mantenía en Servicios de Cartera S.A. en un importe negativo
ascendente a S/. 3’150,000. Se establece que, de acuerdo con el artículo
18° de la Resolución SBS N° 1053 – 99, los instrumentos financieros
emitidos por las empresas que cuentan con un patrimonio nulo o negativo,
deben ser provisionados totalmente. En consecuencia, CDS consideró que
el valor de la inversión Servicios de Cartera S.A. era cero, por lo cual el
ajuste adicional sólo debería incluir el saldo pendiente de cobro con
Servicios de Cartera S.A. por S/. 1’940,000. Asimismo, se destaca que el
parámetro de valorización de las inversiones acordado entre el Banco
Latino e Interbank estaba fijado en la Resolución SBS N° 1053 – 99 y sus
normas modificatorias.
b) Colocaciones
De la revisión efectuada, sobre bases selectiva, CDS mantuvo
discrepancias en la clasificación asignada por MZA a los deudores del
Banco Latino en veintiocho (28) casos; en todos ellos, MZA planteaba una
clasificación de mayor riesgo crediticio que la muestra, tales casos se
señalan a continuación:
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