Comisión Investigadora de Delitos Económicos y Financieros 1990 – 2001 Área de Salvataje Bancario 13-jun-02 A continuación se detallan los comentarios de la sociedad auditora, surgidos de la verificación efectuada: a) Inversiones Al 31 de diciembre del 2000, MZA había valorizado la inversión que el Banco Latino mantenía en Servicios de Cartera S.A. en un importe negativo ascendente a S/. 3’150,000. Se establece que, de acuerdo con el artículo 18° de la Resolución SBS N° 1053 – 99, los instrumentos financieros emitidos por las empresas que cuentan con un patrimonio nulo o negativo, deben ser provisionados totalmente. En consecuencia, CDS consideró que el valor de la inversión Servicios de Cartera S.A. era cero, por lo cual el ajuste adicional sólo debería incluir el saldo pendiente de cobro con Servicios de Cartera S.A. por S/. 1’940,000. Asimismo, se destaca que el parámetro de valorización de las inversiones acordado entre el Banco Latino e Interbank estaba fijado en la Resolución SBS N° 1053 – 99 y sus normas modificatorias. b) Colocaciones De la revisión efectuada, sobre bases selectiva, CDS mantuvo discrepancias en la clasificación asignada por MZA a los deudores del Banco Latino en veintiocho (28) casos; en todos ellos, MZA planteaba una clasificación de mayor riesgo crediticio que la muestra, tales casos se señalan a continuación: 37

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