Tecsur porque Tecsur había acumulado pérdidas importantes, especialmente, originadas por las obras de
electrificación que contrató con terceros, entre ellos, empresas del Estado. Por ejemplo, la electrificación
de Andahuaylas, Abancay, una obra eléctrica en Puno y otras de ese tipo en donde la empresa perdió
importantes cantidades de dinero.
Tanto así, que tuvimos que hacer una raid off, me parece, que la cantidad fue de hecho, el patrimonio de
la empresa se redujo de 40 y tantos millones a 20. Esa diferencia fue absorción de pérdidas.
(15)
Hoy día la empresa está en una situación en la cual proyecta utilidades en este año, de hecho el año
pasado también hemos tenido una cifra pequeña, pero ya en azul y este año tenemos una proyección más
atractiva. Esa es un poco la historia de esta empresa.
Otra gran diferencia es que hasta el año pasado nosotros solamente éramos dueños del 30% de esta
empresa, porque como le dije 305 estaba en manos del Estado y el otro 30% estaba en Hidro y a través de
un proceso de una oferta pública de adquisición hemos comprado la participación mayoritaria de esta
empresa.
El señor PRESIDENTE.— ¿Ustedes tienen un cálculo de lo que les ha significado el dispositivo que
permitía una segunda revaluación de activos y una depreciación para fines tributarios, tiene un calculo de
lo que han dejado de pagar de Impuesto a la Renta producto de esa medida? Porque, digamos no es una
medida muy común ¿no? El poder revaluar activos dos veces y depreciarlos para fines tributarios dos
veces.
El señor CACIC MILE.— Yo no sé si los activos se depreciaron dos veces, lo que sí sé es que como
consecuencia de las disposiciones legales vigentes que habían en el año 1996, nosotros pudimos ir a
través de un proceso de escisión en el cual los dispositivos legales nos decían si vas a ir a un proceso de
escisión puedes revaluar los activos sustentados en un estudio, nunca puede superar el valor de mercado y
una vez hecho esa valorización el excedente de revaluación lo capitalizas, no repartes dividendos y una
vez hecha la capitalización lo que haces es proceder a escindirte y hacer la transferencia de activos a la
empresa escindida a los valores revaluados.
Esto, congresista, para nosotros tiene sentido económico porque nosotros por la empresa pagamos una
cantidad bastante mayor que la que aparecía en los libros, los valores en libros eran valores bastante
deteriorados por el proceso de hiperinflación que hubo.
Entonces, nosotros al pagar una cantidad equis de dólares, no había como correspondencia entre los
activos en libros y los valores pagados.
Entonces, dentro del marco legal que había se permitía hacer un proceso de reorganización empresarial
para poder manejar esto con más eficiencia y dentro de esto, se permitía revaluar los activos existentes,
mediante un estudio que tenía como límite los valores máximos fijados por el mercado.
Una vez que hicimos eso, obviamente, los valores de los activos crecieron, probablemente, no sé a qué
porcentaje es que se fueron, probablemente, se revaluaron en un 100%, dudo que haya sido 300%, porque
no tengo la cifra en la cabeza, pero le puedo decir cuánto fue.
Esos valores revaluados, evidentemente, tienen derecho de ser depreciados y la depreciación es un gasto y
es un escudo tributario para nosotros.
La diferencia, congresista, es que durante el proceso de la utilización de la depreciación sobre un valor de
activos mayores, tiene para nosotros un escudo tributario que dura cinco años. Y ese es el beneficio que
ciertamente hemos recibido.
El señor PRESIDENTE.— Usted señala que la legislación establecida que debía haber un estudio para
la revaluación, ¿con quién contrataron ustedes el estudio?
El señor CACIC MILE.— Con (ininteligible).
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