por ejemplo, la aproximación que yo le menciono, que la valorización de 9 millones y medio es una
valorización baja.
El señor ROMERO SEMINARIO.— No lo sé, es la respuesta, pero no creo que viniendo esta frase
desde el Presidente de la República, pudieran los funcionarios que ponían los precios bases, ponerlos
bajos en razón de esta cláusula. Pero esa es una opinión y no tengo como constatarla, pero lo que sí estoy
seguro, de parte nuestra, que a raíz de esa cláusula no cotizamos más de lo que poníamos haber cotizado.
Cotizar más de lo que podíamos haber cotizado por la cláusula fue un hecho que si recuerdo, pero los
ingresos previstos en el puerto con las tarifas que nos pusieron, que las elevaron para que el concesionario
pudiera cotizar un poquito más por el puerto, porque las tarifas no las mejoraban. No se podía pagar
muchos más millones que los 9, para obtener un rendimiento del alrededor de 20% sobre la inversión.
Me parece recordar que nosotros podríamos haber ido a 11 millones; 11 millones 500. El puerto no daba
para pagar más por una concesión de ese número de millones de dólares, la prueba es que, solo hubo un
postor. Cuando el precio se pone bajo para algo que vale mucho, invita a más postores, tanto que el Banco
de Crédito tiene un sistema que le da muy buen resultado, que anunciamos departamentos o casos que
queremos vender con precios muy bajos y nos atraen clientes y después pujan.
Así que no creo que el precio bajo influye en el precio final que es entregar a la concesión. Que la
cláusula de la "escoba dorada" hace que se presenten menos postores y que los que se presentan coticen
más bajo, sí, estoy seguro de ello, también estoy seguro por el precio de Matarani no se podía pagar
mucho más.
El señor PRESIDENTE.— O sea, no tiene usted la apreciación de que en el caso de Matarani, digamos,
el monto es un monto particularmente atractivo en función de las consideraciones que le he mencionado
al haber el Estado generaba una inversión tres veces el precio base en los últimos años y ser este el
segundo puerto en significación y el nivel de movimiento que tenía de toneladas.
El señor ROMERO SEMINARIO.— Los argumentos de que se ha invertido mucho, tiene la concesión
tener un precio alto, no son válidas, porque lo que es válido para el que cotiza una concesión es que,
ingresos futuros prevé del puerto y si usted quisiera cerciorarse, si las utilidades han sido excesivas por
haber pagado una concesión demasiado baja, o anormalmente baja o sospechosamente baja. Primero, que
solo hubo un postor; segundo, me parece que ustedes tienen acceso a los balances que presentamos a la
Sunat y a los balances de Sunat se van a ver los resultados que ha tenido la administración de Tisur y son
buenos resultados, pero no brillantes.
El señor PRESIDENTE.— Y esto no obedecería a que en el tema de cálculo de costos, digamos, hay
costos de asesoría gerencial o administrativa relativamente alta. Le pongo, porque en el caso por ejemplo,
Jopsa y las centrales del norte, solo el contrato gerencial de asesoría gerencial equivalía a la cuota inicial
que pusieron en el caso, hay formas de...
El señor ROMERO SEMINARIO.— No sería este el caso, aunque vería usted en el primer año, un
costo de unos trescientos y picos mil dólares de un asesor, pero un asesor que nos obligaron a poner,
porque argumentaban que teníamos suficiente experiencia y tuvimos que contratar a un gringo a quien le
pagamos el primer año creo que trescientos y picos mil dólares, el segundo menos y el tercero
prescindimos de sus servicios, no habría más subterfugios para bajar la utilidad y exportar.
El señor PRESIDENTE.— Qué compromisos de inversión se asumieron en el caso Matarani en el
período 99 y 2004, en el quinquenio.
El señor ROMERO SEMINARIO.— No lo recuerdo, me parece recordar en el orden de 4 millones de
dólares, pero me gustaría chequearlo y hacérselo llegar, está en el contrato, simplemente que no me
recuerda.
El señor PRESIDENTE.— ¿El tema de las inversiones en este caso en puertos, el incumplimiento de las
inversiones está penalizado?
El señor ROMERO SEMINARIO.— Sí, es una de las causales de rescisión de la concesión.
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