El señor CASTILLO TORRES.— Cuando estuvimos, señor Presidente, en la sesión a la cual acudimos en anterior oportunidad —tengo como registro la fecha del 17 de setiembre del año pasado—, en ese entonces, manifesté que la decisión de capitalización de las acreencias de COFIDE en el Banco Latino correspondía a una decisión que había adoptado la Junta de Accionistas de COFIDE con dos representantes del Ministerio de Economía y un representante de la CAF. También manifesté en esa oportunidad que no tuve participación en esa reunión, cosa que consta en el acta, porque estuve de viaje fuera del país, de tal forma que en el acto mismo de la decisión de la capitalización de acreencias no estuve presente. El señor PRESIDENTE.— ¿Conoce usted si los representantes de la Junta de Accionistas, representantes de OIOE, estaban autorizados, si tenían acuerdo de la OIOE para tomar esta decisión? El señor CASTILLO TORRES.— No en el caso concreto, pero por procedimiento lo que existe es una instrucción a los miembros que van a representar a la OIOE en ese entonces — FONAFE hoy—, hay una acreditación que es efectuada por quien es el tenedor de las acciones de COFIDE, en ese entonces OIOE, hoy día es FONAFE. Ellos son los que acreditan e instruyen a los representantes sobre los acuerdos que se tengan que adoptar. El señor PRESIDENTE.— ¿Usted revisó cuando regresó del país la operación? ¿tuvo alguna noción de si se habían cumplido con los procedimientos? El señor CASTILLO TORRES.— Cuando regresé no hice una revisión de detalle, sin embargo, contamos con los informes que se habían elaborado para proceder a que se realice esta capitalización. Habían informes legales internos, habían informes legales externos y había un informe en donde las motivaciones de la capitalización estaban expresados en esos informes. El señor PRESIDENTE.— Si mal no recuerdo el procedimiento, desde el punto de vista legal, es precisamente el siguiente: El día 3 de diciembre del año 98 se presenta una iniciativa del Ejecutivo para modificar la Ley de Bancos; es dictaminada por mayoría en la Comisión de Economía del Congreso. El día 4 entra, sin estar en agenda, este proyecto cuando la oposición se ha retirado del Pleno, porque ése día se ratificó las comisiones ejecutivas del Ministerio Público y del Poder Judicial, toda la oposición abandonó, y en esas circunstancias el Presidente del Congreso, el señor Víctor Joy Way, introduce un dictamen que no había sido repartido en copias ni estaba en agenda, modificando esta ley, cosa que ocurre el día 3. El 4 sale la autógrafa, el 5 sale publicada, y si no me equivoco el día 8 es que COFIDE capitaliza sus acreencias. Entiendo que para esto hay previamente una reunión de una junta de accionistas. Esta junta de accionistas está compuesta por dos representantes del estado, que usted ha llamado representantes del MEF, pero en realidad son representantes de la OIOE, que es una dependencia adscrita al MEF, y que junto con un representante de la CAF toman esta decisión. Según oficio del señor Pedro Sánchez Gamarra, director ejecutivo de la OIOE, acredita al señor *Fritz Ugaz* y al señor José Vicente Valderrama León para tomar la decisión de capitalizar las acreencias de COFIDE y hacer el aporte de capital. Oficio del 7 de diciembre entregado al señor Luis Baba Nakao, no sé si usted lo conoce. ¿Correcto? Lo tiene. Perfecto. Intervenga sin problema, Hermann, precise lo que desee. La señora HERMANN.— Sí. -22-

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