Comisión de Venta con 2 de 5 miembros cambiar al presidente? Y después incorporar a otros 2.
El señor MUR CAMPODÓNICO.— Yo ignoro eso ¿no es cierto? Porque nosotros estamos en
el otro lado de la mesa; o sea, no conocemos cómo ha sucedido.
Yo lo que he hecho es estudiar el asunto porque sí creo que hay un tema que analizar acá, y si me
permite, le puedo dar una interpretación que yo he recogido del texto de la ley. No es mía, pero
nace del análisis de la ley.
El Decreto de Urgencia N.° 037-99 tiene un considerando que dice: "Que por Decreto 058 se
facultó a las empresas azucareras que se encontraran realizando un proceso de venta del control
del accionariado a capitalizar sus adeudos tributarios al 30 de setiembre de 1998 con la condición
de manejar durante el proceso de transferencia respectivo una coordinación permanente con la
Cepri, aspecto que debe ser debidamente regulado."
O sea, este considerando ¿qué es lo que está diciendo en otras palabras? El Estado se está
mojando, está convirtiendo en acciones sus acreencias tributarias y nosotros no tenemos nada
que ver con la Comisión de Venta.
Y el 058, cuando me fui a ver el 058, tiene un artículo que dice: "Para acogerse a la
capitalización antes indicada las comisiones de venta deben mantener durante el proceso de
transferencia respectivo una coordinación con el Cepri."
Yo no soy el legislador, señor congresista, pero lo que estoy interpretando acá es, que cuando el
gobierno dictó el 058 dijo: "Bueno, yo soy el único que me mojo en la película, porque sigo
capitalizando mis impuestos, no tengo nada que ver con la Comisión de Venta". Y este 058 dice
que hay que mantener una coordinación entre la comisión y la Cepri. Y alguien, que
evidentemente usted tiene que investigar, resuelve dictar el Decreto de Urgencia N.° 037 y decir:
"Para que esa coordinación se produzca hay que incorporar a los comités de venta representantes
del Estado."
El señor PRESIDENTE.— ¿Esto es en pleno proceso, no? O sea, el proceso está en curso, es
como que yo estuviera jugando un partido de fulbito y de pronto cambia el tamaño del arco,
después una pelota.
El señor MUR CAMPODÓNICO.— Yo creo que este es una reacción cuando el Estado
verifica y comprueba de que hay una actitud pues dolosa de parte del señor Inga.
El señor PRESIDENTE.— Si yo puedo verificar una actitud dolosa ¿no es cierto? Pero no
puedo reaccionar. Es como que yo dijera a Sendero podría meterle también a los senderistas un
tiro en la cabeza porque los senderistas metían tiro en la cabeza. Es decir, el Estado no se puede
colocar en la circunstancia de ser un ente que actúa fuera de sus propias normas porque tiene que
tener una calidad ética distinta.
El señor MUR CAMPODÓNICO.— Yo no voy a discutir eso con usted porque sabe que
coincidimos éticamente en el asunto.
O sea, yo no soy un defensor del gobierno de Fujimori ni de Montesinos. Lo que estoy es en la
conducta de ser un comprador de buena fe frente a un proceso que evidentemente pues ha tenido
particularidades.
El señor PRESIDENTE.— Aquí hay un tema que es el siguiente, que es el 049. El 049 sigue
cambiando las normas, sigue cambiando las reglas. Ya no solamente tiene el Estado miembros
en el directorio y en la Comisión de Venta, sino tiene derecho a veto.
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