Comisión de Venta con 2 de 5 miembros cambiar al presidente? Y después incorporar a otros 2. El señor MUR CAMPODÓNICO.— Yo ignoro eso ¿no es cierto? Porque nosotros estamos en el otro lado de la mesa; o sea, no conocemos cómo ha sucedido. Yo lo que he hecho es estudiar el asunto porque sí creo que hay un tema que analizar acá, y si me permite, le puedo dar una interpretación que yo he recogido del texto de la ley. No es mía, pero nace del análisis de la ley. El Decreto de Urgencia N.° 037-99 tiene un considerando que dice: "Que por Decreto 058 se facultó a las empresas azucareras que se encontraran realizando un proceso de venta del control del accionariado a capitalizar sus adeudos tributarios al 30 de setiembre de 1998 con la condición de manejar durante el proceso de transferencia respectivo una coordinación permanente con la Cepri, aspecto que debe ser debidamente regulado." O sea, este considerando ¿qué es lo que está diciendo en otras palabras? El Estado se está mojando, está convirtiendo en acciones sus acreencias tributarias y nosotros no tenemos nada que ver con la Comisión de Venta. Y el 058, cuando me fui a ver el 058, tiene un artículo que dice: "Para acogerse a la capitalización antes indicada las comisiones de venta deben mantener durante el proceso de transferencia respectivo una coordinación con el Cepri." Yo no soy el legislador, señor congresista, pero lo que estoy interpretando acá es, que cuando el gobierno dictó el 058 dijo: "Bueno, yo soy el único que me mojo en la película, porque sigo capitalizando mis impuestos, no tengo nada que ver con la Comisión de Venta". Y este 058 dice que hay que mantener una coordinación entre la comisión y la Cepri. Y alguien, que evidentemente usted tiene que investigar, resuelve dictar el Decreto de Urgencia N.° 037 y decir: "Para que esa coordinación se produzca hay que incorporar a los comités de venta representantes del Estado." El señor PRESIDENTE.— ¿Esto es en pleno proceso, no? O sea, el proceso está en curso, es como que yo estuviera jugando un partido de fulbito y de pronto cambia el tamaño del arco, después una pelota. El señor MUR CAMPODÓNICO.— Yo creo que este es una reacción cuando el Estado verifica y comprueba de que hay una actitud pues dolosa de parte del señor Inga. El señor PRESIDENTE.— Si yo puedo verificar una actitud dolosa ¿no es cierto? Pero no puedo reaccionar. Es como que yo dijera a Sendero podría meterle también a los senderistas un tiro en la cabeza porque los senderistas metían tiro en la cabeza. Es decir, el Estado no se puede colocar en la circunstancia de ser un ente que actúa fuera de sus propias normas porque tiene que tener una calidad ética distinta. El señor MUR CAMPODÓNICO.— Yo no voy a discutir eso con usted porque sabe que coincidimos éticamente en el asunto. O sea, yo no soy un defensor del gobierno de Fujimori ni de Montesinos. Lo que estoy es en la conducta de ser un comprador de buena fe frente a un proceso que evidentemente pues ha tenido particularidades. El señor PRESIDENTE.— Aquí hay un tema que es el siguiente, que es el 049. El 049 sigue cambiando las normas, sigue cambiando las reglas. Ya no solamente tiene el Estado miembros en el directorio y en la Comisión de Venta, sino tiene derecho a veto. -78-

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