ingeniero Absalón Vásquez y me parece que es Arana Coha el otro miembro de la comisión. Y
ellos son los que cuando el Estado paga, a ellos debería ingresarles el 50% para tenerlo como
fondo para posteriormente utilizarlo en las contingencias que se pudieran presentar, eso es en mi
concepto conceptuado.
De allí para adelante no tengo que ver nada con el fondo, ni sé si les ha caído, si les han
depositado plata y qué es lo que ellos han hecho con determinados fondos. No conozco en
absoluto.
El señor PRESIDENTE.— Bien ingeniero, de mi parte.
El congresista Valdivia.
El señor VALDIVIA ROMERO (PAP).— Me he quedado pensando en una de las respuestas
del ingeniero Woodman.
El señor WOODMAN POLLIT.— No me haga caer ya más, me encanta a mi la vida cuando lo
he hecho todo con buena intención.
El señor VALDIVIA ROMERO (PAP).— Solamente un pregunta ingeniero, usted, estoy
buscando la publicación en la que usted decía de que la venta de las acciones del Estado eran
complementarias.
El señor WOODMAN POLLIT.— Exacto.
El señor VALDIVIA ROMERO (PAP).— Sino se conseguía a 51%.
En primer lugar quisiera tener ese documento porque estoy buscando la documentación y no
existe...
El señor WOODMAN POLLIT.— Ese decreto las bases mismas lo decían.
El señor VALDIVIA ROMERO (PAP).— Las bases, he estado leyendo las bases y dice lo
siguiente ¿no?
Primero que para vender, para que una persona pueda comprar Pucalá tenía que tener 51% de las
acciones y esas acciones deberían de ser de los trabajadores activos o de los trabajadores
jubilados.
Como no se llega a ese acuerdo no había posibilidad de vender, hay sí un acta en la que se
analiza las ofertas de los postores en la que participan miembros de la CEPRI también y se
acepta, o sea se le pide una nueva negociación tanto a Azúcar como al Consorcio Paramonga que
mejoren su oferta, ambos no la mejoran, uno dice que no puede pagar de inmediato sino va a
pagar diferido; el otro sí ofrece pagar al contado entonces llegan a un acuerdo de ponerlo a
consideración de los accionistas.
Sí hay una propuesta, una oferta de la CEPRI del Estado que dice que en el caso de obtener 40%
el Estado, ellos tienen órdenes para vender las acciones del Estado y alcanzar el 51%.
Yo en primer lugar quisiera saber quién autorizó esto, o sea, fue un decreto supremo, fue una
orden de algún ministro que autorizaba a la CEPRI que pueda ofertar las acciones del Estado.
Inclusive en este acuerdo decía como condición el 40% y al final no se logra ni vender el 40%.
O sea, la condición del Estado para vender era que por lo menos alcance el 40% de las acciones.
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