Es decir, lo habían recibido ustedes, habían publicado un comunicado y los señores de Wiese
SAB han venido a decirnos que ellos no lo habían recibido, por lo cual nos van a obligar a ir a
Pucalá a mirar qué cosa es lo que hay de papeles y de sellos de recibido.
Pero si lo han recibido ustedes y el acuerdo es para todos, tienen que haberlo recibido todos.
El señor WOODMAN POLLIT.— Cuando usted explica así, indudablemente, puede haber
habido algún error, yo no puedo negar en absoluto de que tal como usted lo explica puede haber
error. Por mi parte no lo considero así.
El tema de lo que yo recuerdo es que ya el amigo Inga llega un momento que retira y cambia
todos sus pasos y ésta era una licitación internacional, era una licitación que había que concluirla
por el prestigio teórico, ya venía a ser, un poquito como la discusión que han tenido ustedes con
el tema del arbitraje y todo que es los puntos de vista que hay que seguir con el arbitraje, porque
es el proceso; aquí, más o menos, hay un poca de comparación ya hay un proceso en que se ha
convocado, se ha avanzado los trabajadores en porcentaje mínimo lo habían aceptado y ya el
señor Inga toma una posición diferente y me permite fuera de récord y todo, me da la impresión
que aquí también ya interviene el amigo Huancaruna que no quiere ser perdedor y comienza a
complicar el tema.
Entonces, se comienza a complicar cuando ya se nota que los trabajadores (7) quieren vender y
que le han firmado a Wiese de acuerdo a un contrato y entra a una discusión de qué es 30 días, si
son 30 días calendarios o 30 días útiles y en qué momento se arranca, entonces, viene ese tema y
nosotros intervenimos, puede ser aquí que haya un error, yo no puedo agarrar y decir pero no
creo que es de fondo porque acá nosotros no obligamos en absoluto y usted puede observar la
parte final del comunicado.
Además usted debe tener presente que de acuerdo a la Ley de Sociedades no se puede prohibir la
transferencia de acciones funcionando plenamente este artículo en el caso hipotético que se
declara desierta la subasta respecto a las acciones indicadas.
O sea, ya había una sindicalización de acciones, se había avanzado bastante el proceso, ya
simplemente y tan es así que no se oponen los trabajadores en vender porque reciben su plata,
porque si ellos tuvieran en contra a los que querían vender no reciben el dinero, no reciben el
dinero.
El señor PRESIDENTE.— Bueno, ingeniero, aquí hay un problema bien de fondo, porque la
fecha del comunicado suyo es 21 de junio, 4 días después, el 25 de junio sale un decreto de
urgencia.
El señor WOODMAN POLLIT.— Sí.
El señor PRESIDENTE.— El 037.
El señor WOODMAN POLLIT.— Sí.
El señor PRESIDENTE.— Este decreto de urgencia cambia las reglas de juego. Establece, cosa
que no existía antes que la CEPRI debe, en su artículo 3.° dice, acreditar 2 representantes ante las
comisiones de venta de las empresas agrarias azucareras.
Es decir, después de que todo el proceso se ha orientado con que las comisiones de venta son
sólo los trabajadores y después de que la Comisión de Venta declara desierta la subasta y
después de que usted señala que no es correcta la interpretación, el Estado, el poder del Estado
resuelve cambiar, en pleno partido, las reglas de juego del partido y dice, ahora, la CEPRI va a
tener dos delegados en las comisiones de venta y esto está firmado 25 y está publicado el día, no
-23-
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos